NOVEDADES JURISPRUDENCIALES 2023/2024. SUMARIOS DE FALLOS. Ultima actualización: ABRIL 2024

ULTIMOS SUMARIOS DE FALLOS. PERMANENTEMENTE ACTUALIZADOS. Extractado y seleccionado por Julio A. Grisolia de la Revista Derecho Laboral y Seguridad Social de Abeledo Perrot (Director) y de Thomson Reuters – LA LEY

PROCEDIMIENTO LABORAL

Se desestima el recurso de revocatoria in extremis

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 08/03/2024

Chambret, Mariana Cecilia c. 2006 S.A. y otro s/ despido

Cita online: AR/JUR/18569/2024

Sumario: Se desestima el recurso de revocatoria in extremis, ya que el planteo no trata de requerir la corrección de un error material, numérico o de cálculo ni de subsanar una omisión -grave o no- sino que se pretende la revocación de un aspecto del pronunciamiento y ello no es admisible por la vía intentada.

CONTRATO DE TRABAJO

Relación de dependencia. Agente inmobiliario que se desempeñaba para una franquicia

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 15/02/2024

Saretti, María Eva c. Remax Argentina S.R.L. y otros s/ despido

Cita online: AR/JUR/4948/2024

Sumario: En virtud de la prueba testimonial se desprende, no sólo que la trabajadora desempeñaba tareas como agente inmobiliario dentro de las oficinas de la inmobiliaria, sino que además utilizaba los servicios informáticos (redes y página web habilitada) para publicitar las propiedades otorgadas para las operaciones inmobiliarias requeridas por los propietarios por lo que parece en principio inusual que cualquier agente inmobiliario ‘pase por las oficinas de la inmobiliaria demandada’ entre y utilice los sistemas de la red de publicaciones de dicha empresa, use las instalaciones –aunque tan sólo sea para tener un escritorio asignado y una silla- complete las operaciones de venta o alquiler y sin más se retire del establecimiento sin responder a ningún jefe u orden determinada.

PROCEDIMIENTO LABORAL

Efectos de la rebeldía.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 18/03/2024

Ponce de León, Carlos Leonardo c. «Full Clean Servicios Integrales S.R.L.» y otros s/ despido

Cita online: AR/JUR/23394/2024

Sumario: Carece de toda relevancia la circunstancia de que el trabajador haya prescindido de aportar evidencias corroborantes de los hechos invocados en el escrito inicial (entre ellos, la existencia de la prestación llevada a cabo, la índole de las tareas desarrolladas, la duración de la jornada de trabajo cumplida, la cuantía del salario percibido como contraprestación de dicho desempeño, etc.), en la medida que la rebeldía de la sociedad empleadora producía la inversión de la carga de la prueba sobre esos hechos.

DESPIDO POR FALTA O DISMINUCION DE TRABAJO

Empleadora en estado de cesación de pagos. Embargo preventivo del CEO

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 18/03/2024

Jaspe Urbina, Angélica Alejandra c. Wenance S.A. y otro s/ medida cautelar

Cita online: AR/JUR/23354/2024

Sumario: El vínculo laboral que motiva la acción principal fue extinguido por la firma comercial empleadora con invocación del art. 247 de la L.C.T., alegando una grave situación económica por parte de la empresa, circunstancia ésta última que no ha sido desconocida por el trabajador ya que, de la propia prueba testimonial aportada surge que la empresa se encontraría en estado de cesación de pagos.

CONTRATO DE TRABAJO

Voluntad viciada del trabajador al suscribir el acuerdo extentivo con la empleadora

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 07/02/2024

Sultana, Gimena Andrea c. LAN Argentina S.A. y otro s/ despido

Cita online: AR/JUR/2261/2024

Sumario: Si bien la voluntad del trabajador se encontró viciada a la hora de suscribir el acuerdo de extinción en los términos del art. 241 de la LCT ello no puede encuadrarse en el supuesto de lesión como vicio del acto jurídico, pues este únicamente podría existir en el marco de un acto jurídico bilateral y oneroso y, el supuesto extintivo que prevé el art. 241 (al menos en su faceta no patológica) no es oneroso, ya que, si bien puede pactarse la entrega de una suma de dinero en el marco de dicho supuesto extintivo, ésta es entregada en concepto de liberalidad, sin que exista una obligación de hacerlo -de nuevo, en el supuesto no patológico en el que existe voluntad concurrente de ambas partes de extinguir el vínculo-.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS SOBRE HABERES PREVISIONALES

Jubilada. Inconstitucionalidad de los arts. 30 inciso c), 82 inciso c) y 94 de la ley 20.628 (t.o. en 2019). Alcances de la ley 27.617. Devolución de las retenciones. Prescripción quinquenal. Improcedencia de la actualización del crédito.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, sala III. 14/03/2024

Olga, María Vera c. EN – AFIP – LEY 20.628 s/ proceso de conocimiento

Cita online: AR/JUR/22074/2024

Sumario: Debe admitirse la demanda interpuesta por una jubilada y declarar la inconstitucionalidad de los arts. 30 inc. c), 82 inc. c) y 94 de la ley 20.628 (t.o. en 2019), alcanzando al texto modificado por ley 27.617, pues la Corte Suprema ha ratificado la decisión de declarar inconstitucional a la retención del impuesto a las ganancias en numerosas oportunidades, prescindiendo de ponderar las circunstancias concretas de vulnerabilidad del jubilado afectado.

ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Rechazo de la condena por ausencia de elementos facticos para probar la cobertura al momento del accidente.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 08/03/2024

Román Ferreira, Antonio c. Federación Patronal Seguros S.A. y otro s/ accidente – ley especial

Cita online: AR/JUR/18684/2024

Sumario: Se rechaza la demanda contra la ART codemandada, dado que al momento de la primera manifestación invalidante (04/10/2016), la empleadora se encontraba cubierta por el vínculo existente con otra aseguradora; y no puede advertirse, por ausencia de información al respecto, el lapso en el cual el actor trabajó para su empleadora, dado que no especificó cuándo comenzó a prestar tareas como albañil, lo cual demuestra la ausencia de elementos fácticos que permitan incluir a la ART en la condena.

CONTRATO DE TRABAJO

Despido indirecto. Trabajadora que sufre Parkinson. Comunicación al empleador.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 29/12/2023

Peñafiel, Sonia Raquel c. Swiss Medical S.A. y otro s/ despido

Cita online: AR/JUR/181196/2023

Sumario: Resulta procedente la situación de despido indirecto en que se colocó la trabajadora ya que aun cuando se admitiera que la empleadora recién tomó conocimiento de la afección que padecía la actora con la comunicación que le enviara, resulta inatendible que pretenda justificar su actitud a través de expresiones tales como que la mera puesta a disposición de los certificados no sustituye la obligación de entrega, que la actora no acreditó su situación de salud, que al ser personal esencial debía prestar tareas o que imposibilitó el control médico. Ello así, pues desde el momento en que la actora le comunicó que padece la enfermedad de Parkinson y puso a disposición los certificados médicos que lo acreditaban, en plena pandemia de COVID-19 la empleadora debió extremar los recaudos y medidas a su alcance para ejercer el control médico previsto en el art. 210 LCT; pero al mismo tiempo proteger la salud de la trabajadora, quien debió ser relevada de prestar servicios en forma presencial

COSTAS

Por su orden. Paradigma de los Derechos Humanos del trabajador. Accidente laboral. Acción civil.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 08/02/2024

Páez, Carlos Alberto c. Swiss Medical ART S.A. s/ accidente – acción civilCita online: AR/JUR/2846/2024

Sumario: Se confirma la distribución de costas en la acción civil derivada de un accidente laboral, teniendo en cuenta el marco actual del paradigma de los Derechos Humanos Fundamentales (art. 75.22, CN) donde el acceso a la justicia es considerado un derecho prioritario, pues asegura el ejercicio eficaz del resto de las prerrogativas y no resulta lógico que prime en el trabajador —sujeto de preferente tutela— el miedo por los costos procesales, impidiendo los reclamos.

CONTRATO DE TRABAJO

Deberes de las partes. Remuneración. Viáticos. Certificado de trabajo. Intereses.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 05/02/2024

Reinert, Alfredo Enrique c. Antelo Paz, Oscar Fidel y otro s/ Despido

Cita online: AR/JUR/1117/2024

Sumario: A fin de evaluar la conducta de las partes, en el intercambio postal, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 9º de la LCT, debe entenderse que quien ha actuado en forma contraria al deber de obrar de buena fe ha sido la empleadora demandada que dejó transcurrir el plazo de dos días hábiles sin emitir la respuesta a que estaba obligada, incurriendo en un silencio que debe ser interpretado con los alcances del art. 57 de la LCT. No obsta a ello que el codemandado haya respondido la carta documento que le dirigiera el trabajador dentro de los dos días de recibida, pues del texto de la misiva solo se extrae que el actor se limitó a responsabilizarlo solidariamente.

INCONSTITUCIONALIDAD EL DNU 70/2023

Invalidez del Título IV —Trabajo—. Incumplimiento de los requisitos para el dictado del DNU. Legitimación de la asociación sindical para pedir la declaración de inconstitucionalidad de las normas que afectan derechos individuales del trabajador. El trabajador como sujeto vulnerable. Se deja sin efecto la aclaración referida a la ley 26.122.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala de feria. 30/01/2024

Confederación General del Trabajo de la República Argentina c. Poder Ejecutivo Nacional s/ acción de amparo

Cita online: AR/JUR/448/2024

Sumario: Se  declara la invalidez constitucional del Título IV —Trabajo— (arts. 53 a 97) del DNU 70/2023, por ser contrario al art. 99, inc. 3 de la Constitución Nacional.

MOVILIDAD PREVISIONAL

Alcances. Cálculo del haber inicial. Inconstitucionalidad del artículo 2º de la ley 27.426. Disidencia parcial.

Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, sala II. 18/09/2023

Torelli, Ana María c. ANSeS s/ reajustes varios

Cita online: AR/JUR/120093/2023

Sumario: El ejercicio de las facultades con las que cuenta el legislador para organizar el sistema previsional debe ejercitarse de forma prudencial, a fin de no afectar de manera sustancial los derechos emergentes de la seguridad social o conducir a resultados confiscatorios o arbitrariamente desproporcionados. En este entendimiento, finalizada la emergencia, deberá ponderarse la discrepancia entre la movilidad percibida y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, debiendo el organismo abonar al beneficiario las diferencias que pudieran surgir de efectuar dicha comparativa, únicamente para los meses de enero y febrero 2021, y de allí en adelante aplicándose la nueva ley vigente 27.609.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Aplicación del RIPTE

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 29/12/2023

Jurado, Roque Omar c. Prevención Art S.A. s/ accidente – ley especial

Cita online: AR/JUR/180921/2023

Sumario: La ley 26.773 dispuso el reajuste mediante el índice RIPTE de los “importes” a los que aludían los arts. 1°, 3° y 4° del decreto 1694/2009 exclusivamente con el fin de que esas prestaciones de suma fija y pisos mínimos reajustados se aplicaran a las contingencias futuras; más precisamente, a los accidentes que ocurrieran y a las enfermedades que se manifestaran con posterioridad a la publicación del nuevo régimen legal. El texto del art. 17.5, al establecer que “las disposiciones atinentes a las prestaciones en dinero” entrarían en vigencia a partir de la publicación de la ley en el Boletín Oficial, no dejó margen alguno para otra interpretación

COMISIONES MÉDICAS

Constitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.348.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 29/12/2023

FERNANDEZ, ALEJANDRO DANIEL c. PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/180744/2023

Sumario: La cuestión relativa a la legitimidad y a la constitucionalidad del carácter obligatorio de un proceso o etapa administrativa previa como requisito ineludible para habilitar el acceso a la justicia debe ser analizada a la luz del criterio fijado por la C.S.J.N. en el caso “Ángel Estrada y Cía. S.A. c/ resol. 71/96 – Sec. Energía y Puertos s/ recurso extraordinario” de fecha 5/4/2005 (Expediente 750-002119/96), en el que el Superior Tribunal determinó la validez constitucional de los procedimientos administrativos.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Determinación de la incapacidad laboral

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 29/12/2023

SOSA OJEDA, EMILIA INES c. LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Cita online: AR/JUR/180996/2023

Sumario: Si en el examen médico practicado a un trabajador que sufrió un accidente in itinere, el pertinente el profesional actuante detecta la presencia de lesiones en alguna otra parte del cuerpo que tengan relación con la contingencia que produjo el daño en el segmento físico evaluado, corresponde considerar la incapacidad que esa lesión le ocasiona si se demuestra científicamente que la misma es consecuencia del infortunio denunciado.

CONTRATO DE TRABAJO

Despido por justa causa. Prueba de la cauusal de pérdida de confianza alegada por la empleadora

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 29/12/2023

IBARRA, ANTONIO DARIO (19839) c. CHAMP S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/181091/2023

Sumario: Valoradas en conjunto y a la luz de las reglas de la sana crítica las pruebas resulta acreditada la circunstancia que determinó la decisión de la empleadora de poner fin a la relación laboral al haberse probado que el trabajador quien se desempeñaba como mozo cobro una comanda a un precio superior y no emitió el ticket correspondiente a pesar de ser solicitado por el cliente, ya que ello constituye una razón objetiva de pérdida de confianza y, en definitiva, una injuria que tornaba insostenible el mantenimiento del vínculo (cfr. art. 242 LCT).

CONTRATO DE TRABAJO

Relación de dependencia. Trabajador que tiene una empresa.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IX. 27/12/2023

BROZMAN, ANGEL ALEXIS c. THERMALTAKE INC s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/180031/2023

Sumario: Más allá de la cuestión vinculada a que el accionante sea titular -o cotitular- de una empresa que se encuentre registrada como marca propia, y que dicha empresa tenga distintos clientes o haya organizado determinados eventos, lo sustancial en el caso es que ello no implica -necesariamente- que el actor haya prestado servicios a la demandada en carácter de empresario, dado que independientemente de su actividad comercial, el accionante pudo haber trabajado bajo relación de dependencia para la empresa demandada, pues -a diferencia de lo que sostiene la demandada en su recurso- el hecho que el actor tenga una empresa no descarta la posibilidad que -además- tuviese un vínculo laboral con la demandada.

DESPIDO CON CAUSA

Encargado de edificio que miró por la cerradura de algunos departamentos. Pérdida de confianza. Legitimidad.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 28/12/2023

Cortez, Diego Ramón c. Rivera, Norberto Omar y otro s/ despido

Cita online: AR/JUR/181806/2023

Sumario: Las pruebas producidas en la causa acreditan los hechos endilgados al encargado del edificio para despedirlo, pues, espiar por la cerradura de varios departamentos viola claramente la confianza que se tuvo en miras al contratarlo, si se tiene en cuenta que presta servicios en un ámbito de alta privacidad y reserva y, sus funciones, requieren de un comportamiento íntegro y confiable, que no dé lugar a hechos como los que advirtieron los habitantes del edificio, lo que obviamente generó un grado de alta inseguridad y pérdida de confianza, lo que finalmente derivó en una reunión de propietarios que decidió disponer la extinción de la relación laboral.

MEDIDAS CAUTELARES

Pago de salarios caidos. Procedencia

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 26/12/2023

LOPEZ, GABRIELA BEATRIZ c. IARAI S.A. s/MEDIDA CAUTELAR

Cita online: AR/JUR/178213/2023

Sumario: Resulta procedente la medida cautelar a los fines de que se le abonen a la trabajadora los salarios caidos, teniendo especialmente en cuenta los lineamientos que informan los arts. 177 y 208 de la LCT, los certificados médicos acompañados por la trabajadora que darían cuenta la prescripción médica de reposo que se adujo al demandar –a partir del 23 de febrero del corriente año- y el profuso intercambio telegráfico habido entre las partes –también acompañado como prueba instrumental-, permiten inferir que, al menos desde mayo, la empleadora tuvo cabal conocimiento del estado de salud invocado por la trabajadora –con un hijo recién nacido-, así como de la indicación del reposo laboral con respaldo en la opinión profesional de los médicos con los que se trataba

CONTRATO DE TRABAJO

Abandono de trabajo. Requisitos para su configuración.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 22/12/2023

CASTRO, SILVIA MABEL c. CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO PEDRO GOYENA 432 s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/177843/2023

Sumario: Para que se configure el despido por abandono de trabajo en los términos del art. 244 de la L.C.T. es necesario, además de la previa intimación al trabajador, que quede evidenciado su propósito expreso o presunto de no cumplir en lo sucesivo con su prestación de servicios, sin que medie justificación alguna y la nota que lo caracteriza es en principio y generalmente, el silencio del dependiente.

CONTRATO DE TRABAJO

Contrato de trabajo por temporada dentro del ámbito marítimo. Indemnización en los términos del art. 95 “in fine” y 97 primer párrafo de la LCT.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 14/12/2023

FEDUZI, GUSTAVO ALEJANDRO c. LOS CIPRESES S.A. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/171977/2023

Sumario: El trabajador celebró con la demandada un contrato de trabajo por temporada dentro del ámbito marítimo y se comprometió a prestar servicios durante el período que corre del 4 de enero al 4 de abril de 2.017 y, no obstante ello, fue despedido el 31 de enero de 2.017 por lo que se fijo una indemnización en los términos del art. 95 “in fine” y 97 primer párrafo de la LCT.

SOCIEDAD COMERCIAL

Responsabilidad solidaria del administrador. Rechazo

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 14/12/2023

LEGUIZAMON, CAROS ANIBAL c. ENVAPOL BOLSAS S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/172247/2023

Sumario: El articulado de Ley General de Sociedades autoriza la condena de las personas físicas vinculadas con la sociedad pero lo hace teniendo presente su poder efectivo dentro de la empresa que, en el caso, se encontraba bajo la égida del hijo varón sin que haya prueba que corrobore que las emplazadas tuvieran un control efectivo del ente: obsérvese que el art. 59 de la norma aplicable hace referencia a los administradores y los representantes de la sociedad que pueden responder ilimitada y solidariamente y que el art. 56 hace referencia a reproches patrimoniales hacia socios o los controladores que hicieron posible el fraude legal y, en el caso, las tres mujeres emplazadas no gozaban de un poder real que, prima facie, tenía su hermano como gerente societario y de quien se declino el reclamo.

CONTRATO DE TRABAJO

Certificado de trabajo. Puesta a disposición

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 14/12/2023

PEREYRA, MAXIMILIANO JOSE c. OVOBRAND S.A. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/172034/2023

Sumario: Corresponde rechazar la indemnización pedida en los términos del art. 80 de la LCT si no se advierte una conducta del empleador que evidencie su intención de vulnerar el bien jurídico protegido por la ley 25.345: combatir la evasión fiscal ya que se estaría consagrando un ejercicio abusivo del derecho, máxime si, frente a la intimación del dependiente con relación al certificado de trabajo, el principal lo puso a su disposición en el lugar de trabajo, sin que aquél haya manifestado en momento alguno que se le haya negado su entrega.

POLICIA

Enfermedad psicopatologica. Responsabilidad de la ART. Decreto 659/96

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 07/12/2023

BLAZQUEZ FRANCO, SEBASTIAN Y OTRO c. PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE – ACCION CIVIL

Cita online: AR/JUR/167586/2023

Sumario: Si bien las resoluciones de la SRT n°43/97 y 37/10 establecen, en cabeza de las ART, la realización de exámenes periódicos y de forma previa a una transferencia de actividad, en el caso de trabajadores que estén expuestos a los riesgos enumerados en el decreto 658/96, claramente ajenos a las circunstancias de la presente litis. No obstante, ello no puede constituirse en una defensa hábil para retraerse de las obligaciones a cargo de las aseguradoras de riesgos de trabajo emanadas de normas de jerarquía superior.

DESPIDO DISCRIMINATORIO

Trabajador víctima de malos tratos u hostigamientos que debe iniciar tratamiento psiquiatrico

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 14/11/2023

AYBAR, PABLO c. FINNING SOLUCIONES MINERAS S.A. Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/154945/2023

Sumario: Ni el hecho de que el maltrato fuera generalizado, ni que las condiciones de trabajo no respetaran estándares mínimos aceptables respecto de todas las personas afectadas a la tareas realizadas en la empleadora -y no sólo respecto del actor -, constituye causa que despeje toda duda acerca del carácter disgregatorio del despido aquí ventilado. En el presente, se despidió a uno de los trabajadores que, además de haber sido víctima de malos tratos u hostigamientos -como podría haber acontecido con algunos otros-, presentó serios problemas de salud que lo incapacitaron y lo obligaron a someterse a tratamiento psiquiátrico por un largo período, en tanto se la despidió sin haberse esbozado razón objetiva alguna (ni en los términos del art. 243 de la LCT ni de ningún otro modo), lo que constituyeun indicio más que suficiente de la discriminación que por razones de salud se alegara.

CONTRATO DE TRABAJO

Notificación fehaciente del estado de embarazo

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 13/11/2023

VERNAL HERRERA, MARIA ANTONELLA c. RATAFE S.A. Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/154203/2023

Sumario:A los fines de la la indemnización prevista en el art. 182 de la LCT la norma legal requiere una notificación fehaciente del estado de embarazo, circunstancia que se vio acreditada, por cuanto la accionante remitió los telegramas laborales intimando a fin de que se aclarara su situación laboral y comunicando su estado de gravidez. Tal circunstancia, por tanto, torna operativa la presunción establecida por el art. 178 L.O

CONTRATO DE TRABAJO

Asesor financiero en entidades bancarias – Despido indirecto – Rechazo de la demanda

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 30/10/2023

TEDIN URIBURU, SANTIAGO VIRGILIO c. BNP PARIBAS SUCURSAL BUENOS AIRES Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/143251/2023

Sumario: Se rechaza el reclamo laboral a fin de obtener las indemnizaciones por despido indirecto ya que desarrollar una actividad de ‘promoción financiera para los clientes del banco o para captar clientes potenciales’ en un hotel de primera línea, con consumos propios del desenvolvimiento de esa actividad y percepción de honorarios por dichos servicios pagaderos en moneda extranjera no integra el concepto de inestabilidad, incertidumbre o inseguridad (significado del término precariedad), máxime cuando no se advierte en el caso es que el actor hubiera sufrido lesión o temor reverencial que limitara su accionar o que hubiera sido objeto de un negocio simulado que lo obligara a estar inmerso en una triangulación empresaria sin tener cabal conocimiento de la misma.

CONTRATO DE TRABAJO

Comunicación a través de e-mail. Validez. Despido. Falta de pago de remuneraciones

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 24/10/2023

COSCARELLI, ADRIANA GISELLE c. COLEGIO ESTEBAN ECHEVERRIA S.A.E. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/139930/2023

Sumario: La norma del art. 209 LCT impone al trabajador avisar la enfermedad o accidente que lo aqueja y que impide la dación de tareas, por cualquier medio válido de comunicación, pues no existe en la norma obligación alguna que indique una forma determinada para hacerlo porque ello implicaría una carga excesiva para una persona que se encuentra impedida de prestar tareas por una causa sobreviniente como es una enfermedad o un accidente que sufriera. Esto derriba el argumento recursivo expresado por la empleadora demandada cuando sostuvo que el medio idóneo de notificar una enfermedad era a través de un TCL por ser un medio de comunicación eficiente y más utilizado, pues el acceso a dicho medio si bien goza del carácter de gratuito no implica estadísticamente que sea el medio más utilizado para comunicar una enfermedad.

VIOLENCIA LABORAL

Prueba testimonial. Acreditación de la violencia hacia las mujeres

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IX. 31/10/2023

GONZALEZ NATALIA ALICIA c. DAKARI GROUP S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/144015/2023

Sumario: Se verifica una situación encuadrable en violencia laboral, toda vez que considero que los elementos probatorios recabados en autos han sabido aportar datos concretos del trato de la persona humana demandada (socio gerente de la empresa demandada) hacia la actora y del ámbito laboral allí imperante, sin que las observaciones efectuadas en el agravio (que se vinculan únicamente con la supuesta falta de precisión respecto de las conductas descriptas por los testigos mencionadas) resulten idóneas para revertirlas.

CONTRATO DE TRABAJO

Destrato salarial. Intereses

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 23/10/2023

ROMERO MATOS, DAVID c. OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/139451/2023

Sumario: Pese a que el actor cumplió mismas labores en igualdad de condiciones y circunstancias que otros “médicos auditores” registrados en categorías laborales superiores, la demandada no ha invocado ni probado que el holgadamente inferior salario que se le pagó al accionante en cotejo con aquellos compañeros de trabajo con los que rigió una “identidad de situaciones” (ver peritaje contable), haya obedecido a causas objetivas que la ley acepta como justificantes de una desigualdad salarial.

DESPIDO

Discriminación. Falta de prueba. Actividad sindical

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 26/09/2023

TRIMBOLI, IRMA NANCY c. MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL HOSPITAL NACIONAL PROF. A. POSADAS s/JUICIO SUMARISIMO

Cita online: AR/JUR/123254/2023

Sumario: En materia de actos discriminatorios, el trabajador tiene la carga de aportar un indicio razonable de que el acto del empleador lesionó su derecho fundamental, principio de prueba dirigido a poner de manifiesto, en su caso, el motivo oculto de aquél. Para ello no basta una mera alegación, sino que ha de acreditar la existencia de algún elemento que, sin servir para formar de una manera plena la convicción del tribunal sobre la existencia de actos u omisiones atentatorios contra el derecho fundamental, le induzca a una creencia racional sobre su posibilidad. Una vez configurado el cuadro indiciario, recae sobre el empleador la carga de acreditar que su actuación tiene causas reales y absolutamente extrañas a la invocada vulneración de derechos fundamentales.

CONTRATO DE TRABAJO

Violencia de género. Daño moral

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 04/10/2023

ARATA, KARINA ALEJANDRA c. CRAVERI S.A. Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/130011/2023

Sumario: La contumacia de las demandadas permite tener por ciertos los hechos denunciados en el escrito inaugural. El contexto de violencia de género estructural que padecen las mujeres y las diversidades sexuales en el amplio universo de las relaciones interpersonales, incluidas las que se desarrollan en el mundo del trabajo, es un hecho notorio, que no puede ser desconocido por la judicatura y, por lo tanto, son verosímiles los hechos descriptos en el escrito inaugural del proceso, desde un análisis contextual que resulta imperativo en juzgamientos con perspectiva de género

INDEMNIZACION POR DESPIDO

Régimen de empleo publico. Indemnización prevista por el art. 11 de la Ley Marco de la Regulación de Empleo Público

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 13/09/2023

ROSSI, MONICA BEATRIZ Y OTRO c. UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/118363/2023

Sumario: Para establecer el importe de la indemnización, debe acudirse a una solución que, por analogía, repare debidamente los perjuicios sufridos por el demandante, de modo que, tal como fue decidido por el Juzgador de la sede de grado, juzgo equitativa la aplicación de la indemnización prevista por el art. 11 de la Ley Marco de la Regulación de Empleo Público -ley 25.164-, es decir, un mes de sueldo por cada año de servicios o fracción mayor de tres meses, tomando como base la major remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año o durante el tiempo de la prestación de servicios si éste fuera menor.

EMPLEO PÚBLICO

Inasistencias injustificadas. Situaciones de violencia familiar y de género. Perspectiva de género. Suspensión de la cesantía.

Cámara de Apelaciones Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Sala IV. 22/09/2023

PYM c. GCBA s/ Recurso directo de revisión por cesantías y exoneraciones de empleados públicos (Art. 464 y 465 CAYT)

Cita online: AR/JUR/167544/2023

Sumario: Se encontraría, en principio, acreditado que la situación de violencia de género sufrida por la actora sumada al fallecimiento de su madre, habrían dado lugar a un cuadro generador de desajustes conductuales, que pudo haber llevado a la parte actora, como se desprende de la evaluación profesional, a no conectarse con sus obligaciones habituales, entre las que podía estar incluida la omisión de solicitar las licencias médicas a través del sistema informático y, en definitiva, haber afectado el cumplimiento de las formalidades relativas a la justificación de sus inasistencias. A su vez, del informe socioambiental presentado se desprende que la parte actora integra el grupo de poblaciones vulnerabilizadas.

CONTRATO DE TRABAJO

Falta de prueba de la relación laboral

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 15/11/2023

GUGLIA, AGOSTINA AYELEN c. CRUZ, GREGORIO SEBASTIAN s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/154503/2023

Sumario: Considero que los elementos aportados a la causa -apreciados íntegramente y en sana crítica (cfr. art. 386 del C.P.C.C.N.)-, se exhiben insuficientes en orden a lo que la accionante debió objetivar mediante prueba concreta. La orfandad probatoria verificada en autos en pos de demostrar la prestación de servicios personales a favor de la accionada, tampoco pueda ser suplida por la presunción prevista en el artículo 55 de la L.C.T. Cierto es que no se mencionan ante esta alzada argumentos serios y fundados, y debidamente respaldados en las constancias de la causa, que permitan acreditar dicho extremo.

OBREROS DE LA CONSTRUCCIÓN

Rechazo del incremento del art. 2º de la ley 25.323.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 23/11/2023

Sosa, Hernán c. Construcciones Ru Al S.R.L. y otros s/ Despido

Cita online: AR/JUR/158710/2023

Sumario: No puede tener favorable andamiento la queja de la parte actora en torno al rechazo del incremento del art. 2º de la ley 25.323, pues en el régimen correspondiente a la industria de la construcción no está previsto un sistema de estabilidad relativa propia que contemple el pago de indemnizaciones por antigüedad (o despido), sustitutiva de preaviso e integración como las que mencionan esas normas como pauta básica de las sanciones que establecen.

CONTRATO DE TRABAJO

Falta de prueba que el stress por hostigamiento laboral le impedía concretar la maternidad a la trabajadora

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 02/11/2023

CACERES, ROSANA CARINA c. BANCO HIPOTECARIO S.A. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/144717/2023

Sumario: Aun cuando se alude de forma genérica que la trabajadora se encontraba al momento de gozar de licencia por enfermedad bajo presión laboral, lo cierto es que no se avizoran elementos suficientes que permitan determinar el stress por hostigamiento laboral que era lo que le impedía concretar la maternidad invocada.

EXCUSACIÓN Y RECUSACIÓN DE MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA

La excusación como facultad de los jueces. Rechazo de recusaciones improcedentes. Juez que resuelve la recusación improcedente. Prejuzgamiento.

Corte Suprema de Justicia de la Nación. 30/11/2023

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires c. Estado Nacional s/acción declarativa de inconstitucionalidad – cobro de pesos

Cita online: AR/JUR/165398/2023

Sumario: Los pedidos formulados con el objeto de que se excusen integrantes de la Corte Suprema resultan inadmisibles, porque la facultad de excusación de los jueces, mediando una eventual causa legal de recusación, es ajena a la actividad procesal de las partes.

CONTRATO DE TRABAJO

Empleador. COnjunto económico. Responsabilidad solidaria. Certificado de trabajo.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 05/10/2023

MENARVINO, GASTON FEDERICO c. ECI TELECOM LIMITED Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/130540/2023Sumario: La vinculación entre las distintas sociedades involucradas en los términos del art. 31 de la LCT se extrae del simple cotejo de sus razones sociales, en las que figura –en todas ellas- la denominación “ECI”, a lo cual se añade que se presentaron a estar a derecho con la misma representación letrada y apelaron la sentencia de primera instancia en forma conjunta y con idénticos fundamentos, todo lo cual denota la existencia de estrechos puntos de contacto, reveladores de unicidad de criterios e intereses comunes.

DERECHO SINDICAL

Cuota de solidaridad. Descuento improcedente

Cámara 5a del Trabajo de Mendoza. 17/10/2023

HERRERA ALEJANDRO MARCELO c. ASOCIACION DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) s/AMPARO SINDICAL

Cita online: AR/JUR/135339/2023

Sumario: Se debe hacer lugar a la acción de amparo interpuesta por el actor. En consecuencia, ordenar a ATE a que en el plazo de cinco días desde que el actor denuncie los datos correspondientes para realizar la transferencia restituya la suma de $8046,90, pues el actor se encontraba excluido de abonar la cuota solidaria del 3% por estar expresamente así pactado en el acta complementaria firmada el 04/04/2023 que eximió del pago de la cuota solidaria a aquellos agentes afiliados a un sindicato, como en el caso, del actor afiliado a ATSA.

RIESGOS DEL TRABAJO

Valoración del dictamen de la SRT

Cámara 7a del Trabajo de Mendoza. 05/10/2023

Videla, Carina c. Provincia ART S.A. s/enfermedad accidente

Cita online: AR/JUR/156817/2023

Sumario: En cuanto al grado de incapacidad otorgo valor dirimente al informe emitido por el organismo oficial porque el mismo ha sido preciso en la cuantificación de las limitaciones funcionales detectadas; ha determinado en forma clara los valores a los que arriba, los que se ajustan en un todo a lo establecido en el Decreto 659/96; ha fundado su informe no solo en el examen clínico de la trabajadora sino también en los estudios complementarios aportados en autos y los contemporáneos que solicita y ha considerado los antecedentes del caso en cuanto a las preexistencias detectadas todo lo que hace que resulte superador de la pericia médica rendida. Esta prueba se basa en estudios que resultan anteriores a la intervención quirúrgica a la que fue sometida la trabajadora en fecha 27-12-19 y tiene en cuenta fundamentalmente las manifestaciones subjetivas de dolor expuestas por la trabajadora, ello permite descartar su valor probatorio.

PAGO POR CONSIGNACIÓN

Fallecimiento del trabajador. Heredero menor y pretensa concubina. Ausencia de identidad en el pago. Rechazo

Cámara 6a del Trabajo de Mendoza. 06/10/2023

LA SEGUNDA A.R.T. S.A. c. SCRO ROMINA GISEL Y OTROS s/CONSIGNACION.

Cita online: AR/JUR/132522/2023

Sumario: Para que sea procedente el empleo de este remedio excepcional del pago por consignación al que puede recurrir el deudor para liberarse, debe aparecer coartado su derecho a pagar, siendo requisitos esenciales de esta acción: 1) la existencia de una obligación en estado de cumplimiento; 2) la existencia de dificultades que impidan al deudor pagar la deuda directamente al acreedor, o “no poder realizar un pago seguro y válido por causa que no le es imputable”; 3) que concurran las circunstancias que hagan a la exactitud del pago. En el caso, ha quedado acreditado el primero de los requisitos, obligación en estado de cumplimiento. Asimismo, la consignante demostró la presencia de dificultades que le impedían realizar un pago seguro y válido por causa que no le es imputable. Sin embargo, llega firme a esta instancia la liquidación indemnizatoria practicada por el Cuerpo de Contadores de las Cámaras del Trabajo, la que demuestra la existencia de diferencias con los montos oportunamente consignados por la aseguradora, lo que impide considerar por cumplido el tercero de los requisitos, en atención a su insuficiencia.

COMPETENCIA

Acción de regreso suscitada entre sujetos comerciales. Competencia ajena a la Justicia del Trabajo

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IX. 11/10/2023

OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES c. FEDERACION PATRONAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANONIMA s/OTROS RECLAMOS

Cita online: AR/JUR/134070/2023

Sumario: La Justicia Nacional del Trabajo no resulta competente para entender en un reclmo por las acciones de regreso suscitadas entre sujetos comerciales, ya que son ajenas al ámbito competencial diseñado por los artículos 20 y 21 de la L.O.

RIESGOS DEL TRABAJO

Trabajo en negro. Falta de prueba de la relación laboral. Rechazo. Reducción de los intereses

Cámara 6a del Trabajo de Mendoza.04/10/2023

LUCERO, HECTOR RICARDO c. LA CAJA A.R.T. S.A. s/Accidente

Cita online: AR/JUR/130382/2023

Sumario: En el caso interpreto que no se han incorporado elementos de valoración suficientes para tener por acreditada la existencia misma de la relación laboral invocada, ni tampoco que las secuelas incapacitantes que denuncia estén causalmente vinculadas al accidente que refiere haber protagonizado al prestar las tareas que manifestó haber desempeñado para la su principal. Debo poner de resalto que el actor se limitó a relatar pormenorizadamente las condiciones y características de prestaciones que pudo tener a su cargo, y la incidencia en su salud del accidente que pudo haber protagonizado al prestar servicios subordinados; pero no acercó a la causa ningún tipo de prueba que diera cuenta de los extremos invocados. Si bien acompaño informes médicos que darían cuenta de afecciones físicas y psíquicas, rindiéndose luego prueba mediante la cual se ha corroborado su existencia (instrumental, informativa, pericial); reitero, no se cuenta en la causa con elementos objetivos que acrediten la existencia misma de relación laboral con la persona a quién sindicó el carácter de empleadora.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Rechazo de la incapacidad psiquica. Relación de causalidad

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IX. 29/09/2023

GONZALEZ, STEFANIA GISELLE c. PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/127239/2023

Sumario: Teniendo en cuenta que la valoración del nexo de causalidad corresponde a la órbita jurídica a partir de la información colectada y considerando, asimismo, la inexistencia de secuela física como consecuencia del siniestro por el cual se reclama, estimo que, dadas las particularidades del presente caso y los términos del reclamo, la incapacidad psíquica constatada en el informe pericial médico no se encuentra relacionada con el accidente sufrido por el trabajador.

CONTRATO DE TRABAJO

Despido por pérdida de confianza. In dubio pro operario

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 29/09/2023

BRANDAN FERNANDEZ, HILDA GRACIELA (6) c. FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/126572/2023

Sumario: Aun en la hipótesis meramente conjetural de que surgiera una razonable duda en cuanto a la ocurrencia y dimensión injuriante de los hechos que la entidad accionada le atribuyó a la dependiente, debe estarse en favor de la postura actoral, a la luz de la directriz que contempla el último párrafo del art. 9 de la LCT.

CONTRATO DE TRABAJO

Responsabilidad solidaria del empleador. Empresa de seguridad

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 19/09/2023

BEADE OVALLE, LUIS MARCELO c. RO FI SEGURIDAD S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/120617/2023

Sumario: Corresponde responsabilizar a la accionada en los términos del art. 30 de la L.C.T., pues no puede soslayarse que la prueba incorporada por la propia codemandada, que no es otra que el contrato celebrado entre ambas accionadas, revela el poder de control que se reservó la mencionada empresa respecto del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales a cargo de la empresa de seguridad codemandada, en términos similares a los previstos en el citado art. 30 de la L.C.T.

DESPIDO SIN CAUSA

Publicaciones injuriosas en una red social. Falta de prueba de la autoria por parte del trabajador

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 26/09/2023

Nuñez, Delio Sebastián c. Securitas Countries S.A. s/ despido

Cita online: AR/JUR/123322/2023

Sumario: Resulta injustificado el despido dispuesto por la empleadora con fundamento en que el trabajador  realizó en su sitio de “Facebook” publicaciones agraviantes contra su parte, provocándole un gran desprestigio a la empresa, pues o se encuentra acreditado que  haya participado en los hechos endilgados por la demandada como para justificar su despido; máxime cuando la dilatada antigüedad que tenía aquel en la empresa demandada ameritaba, en su caso, un examen exhaustivo de la cuestión, cosa que no se advierte en las presentes actuaciones (arts. 242 y concordantes de la LCT).

CONTRATO DE TRABAJO

Ejercicio abusivo del ius variandi. Intereses.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 12/09/2023

Stupenengo, Ofelia Irene c. Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados s/ acción de amparo

Cita online: AR/JUR/117958/2023

Sumario: La novación del contrato de trabajo puesta en crisis impactó peyorativamente en la conformación de su haber remuneratorio, al traducir una desmejora en el estatus profesional ostentado (con el pertinente correlato en el nivel de ingresos devengados por su labor) y, a su vez, un despojo de ciertas ocupaciones específicas que le conferían acceso a ciertos adicionales retributivos. Dichas reformas, ponderadas en forma holística, representaron una merma equivalente al 54,87% del estándar salarial alcanzado bajo el imperio de las condiciones de trabajo existentes con anterioridad a esa reforma.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Tarea riesgosa en un ambiente ruidoso. Falta de control de entrega de los elementos de seguridad necesarios

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 05/09/2023

LATIFF , LUIS ROBERTO c. CONSOLIDAR ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/112772/2023

Sumario: Al encontrarse acreditado en estos actuados que el trabajador desarrollaba una tarea riesgosa en un ambiente ruidoso y que lo lesionó y que ello se produjo en razón de la falta de control de entrega de los elementos de seguridad necesarios (protectores auditivos) para llevarla a cabo y por la falta de capacitación sobre cómo efectuar sus tareas, por aplicación del principio de la carga dinámica de la prueba, le correspondía, a la ART , demostrar que cumplió acabadamente con los deberes que le impone la normativa vigente en materia de higiene y seguridad en el trabajo, en la especie, que hizo todo lo posible para prevenir las patologías que contrajo el pretensor. Pues, indudablemente, era la aseguradora, en mi opinión, quien se encontraba en mejores condiciones de hacerlo.

CONTRATO DE TRABAJO

El despido obedeció a la actividad sindical efectuada por la trabajadora

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IX. 07/09/2023

ALDEA CIEZA, YSABEL c. BUENOS AIRES SERVICIOS DE SALUD BASA S.A. Y OTRO s/JUICIO SUMARISIMO

Cita online: AR/JUR/114023/2023

Sumario: La empleadora demandada no logró probar cuales habrían sido las causas objetivas denunciadas al momento del despido; por ello, dados los fundamentos aquí expuestos de manera conteste tanto con lo dictaminado por el Sr. Fiscal General considero que el despido obedeció a la actividad sindical efectuada por la reclamante, la decisión de despedir a la actora encubría en realidad la necesidad de la empresa de desprenderse de una trabajadora que llevaba a cabo acciones gremiales.

DISCRIMINACIÓN

Medicina prepaga. Rechazo de afiliación de persona con VIH. Derecho a la intimidad. Conducta del dependiente. Responsabilidad. Daño punitivo.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala G. 25/09/2023

G. B., M. c. B. M. S.y otro s/ daños y perjuicios

Cita online: AR/JUR/123474/2023

Sumario: Resulta inadmisible que la empresa de medicina prepaga demandada diga que no hay prueba del interés del actor en afiliarse, porque no suscribió la declaración o formulario correspondiente, cuando es evidente que no tuvo oportunidad de llegar a esa instancia. Otro tanto cabe decir de la supuesta falta de conveniencia en la afiliación reflejada en que pocos empleados la habrían suscripto, desde que los correos electrónicos, las cartas documento y los testimonios dan acabada cuenta del interés del demandante.

PROCEDIMIENTO LABORAL

Rebeldía. Principio de primacía de la realidad

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 20/10/2023

BALMACEDA, ERICA ADRIANA c. CHEN, YAN Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/139028/2023

Sumario: La situación de rebeldía procesal de los sujetos emplazados lleva a tener por cierto tanto los hechos expuestos en el escrito de demanda como en el su ampliación salvo prueba en contrario (art. 71, LO) siendo que del último de los memoriales presentados surge que el supermercado donde trabajó la accionante es una empresa familiar y que todos los integrantes se presentan como dueños, dan órdenes a los empleados y van cambiando como titulares de la razón social con el objeto de eludir sus obligaciones frente a los empleados constituyendo la conducta descripta un claro fraude a la legislación laboral (art. 14, LCT) y coadyuva a tal conclusión la aplicación del principio de primacía de la realidad porque muchas de las pequeñas y medianas empresas que existen en nuestro país son emprendimientos familiares desarrollados con el objeto de servir de rédito económico para sus integrantes.

RELACIÓN LABORAL

Indemnización por despido indirecto. Revocación. Locación de servicios. Prueba. Falsificación de papeles de comercio.

Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa, sala III. 13/09/2023

Pagano, Luis Armando c. Reynier, Carlos Alberto s/ Accidente Laboral

Cita online: AR/JUR/122000/2023

Sumario: El magistrado de la instancia anterior erró en la apreciación del carácter del vínculo que unió a las partes, al declarar una relación de trabajo cuando, en función de los hechos recreados, no se la advierte. Admitir la acción en este proceso abierto e impulsado desde hace casi diez años importaría un menoscabo a la libertad contractual y a la posibilidad útil de requerir servicios avezados y autónomos en oficios, profesiones, ocupaciones o como deba denominarse a una modalidad autónoma externalizada en el ámbito rural de La Pampa y sin notas de dependencia técnica, jurídica o económica, tal cual se observa en este caso.

COMPETENCIA

Procedimiento laboral. Domicilio. Forum conexitatis.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 09/11/2023

Pérez, Julio Alejandro c. Gelvez S.R.L. s/ Despido

Cita online: AR/JUR/151245/2023

Sumario: De la demanda incoada en las presentes surge que tanto el domicilio de la demandada, como el particular del trabajador y el lugar de prestación de tareas se encuentran situados en extraña jurisdicción (provincias de Santa Fe y Buenos Aires, respectivamente); frente a la denuncia de la tramitación del aludido expediente por parte del reclamante —constatable mediante el sistema de consultas web del Poder Judicial de la Nación— se activa el criterio sentado por la Corte Suprema referido a la admisión del forum conexitatis, que se desprende del art. 6º del CPCyC, que posibilita la sustanciación ante un mismo magistrado de causas vinculadas entre sí.

ASOCIACIONES PROFESIONALES DE TRABAJADORES

Rechazo del otorgamiento de personería gremial. Reclusos que desempeñan tareas en el marco de su detención.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 02/11/2023

Sindicato Unido de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria c. Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social s/ Ley de Asoc. Sindicales

Cita online: AR/JUR/145527/2023

Sumario: Quienes, en el marco de su reclusión, desempeñan tareas —como un derecho— por deber legal no son trabajadores libres con derecho a formar una asociación sindical con fundamento en la ley 23.551 —esta afirmación incluye a quienes cumplen labores en función de lo dispuesto en el título XI del dec. 303/1996—. Por eso, toda vez que no se configura el presupuesto básico exigido por la Ley de Asociaciones Sindicales para habilitar la inscripción de la personería gremial—que se trate de una entidad orientada a defender los intereses de los trabajadores libres (art. 2º) —, y sin dejar de señalar que, en sentido adverso a lo propuesto por el Fiscal General Interino ante la Cámara, no se considera necesaria la producción de prueba destinada a esclarecer las condiciones en las cuales los reclusos prestan tareas.

SANCIÓN DISCIPLINARIA

Suspensión del pago de haberes. Revocación.

Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. 26/10/2023

D., Y. D. c. U.N.C.AUS. s/ Medida cautelar

Cita online: AR/JUR/142944/2023

Sumario: La revocación de la sanción debe mantenerse, ya que si bien la recurrente alega que no se encuentra afectado el carácter alimentario del salario de la actora, en razón de que la sanción disciplinaria se aplicó únicamente sobre veinte días de un mes, dicho agravio no puede prosperar, pues la circunstancia de que se le descuente su salario solo por cierta cantidad de días del mes no implica la no afectación de sus ingresos, que indudablemente revisten el aludido carácter, máxime que dicho lapso se extendió por la mayor parte del mes.

RECURSO EXTRAORDINARIO

Rechazo del recurso. Planteo de cuestiones fácticas y de derecho común.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IX. 10/10/2023

Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social c. Unión de Prensa de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (UTPBA) y otros s/ Ley de asoc. Sindicales

Cita online: AR/JUR/136297/2023

Sumario: Las cuestiones fácticas y de derecho común a cuyo examen remiten los agravios planteados con la decisión de esta Sala, resultan –en principio y por su naturaleza- ajenas al ámbito de conocimiento del recurso extraordinario federal. Tal circunstancia, que encuentra respaldo en el art. 14 de la ley 48 y en numerosos precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación relativos a circunstancias asimilables a las del presente caso, conduciría, pues, a desestimar la presentación, claro está, dentro del limitado marco procesal que corresponde asignar a esta instancia de decisión sobre la admisibilidad del recurso (art. 257 C.P.C.C.N.).

ACCIDENTE DE TRABAJO

Infarto. Preexistencia. Hecho acaecido en ocasión del trabajo. Acontecimiento subito ocurrido durante el débito laboral. Relación causal.

Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, sala laboral. 10/08/2023

Lopez, Claudio Daniel c. Empresa Provincial de Energía de Córdoba (E.P.E.C) s/ ordinario – accidente (ley de riesgos)

Cita online: AR/JUR/109240/2023

Sumario: El art. 6, inc. 1 ib de la Ley de Riegos del Trabajo establece que para que el accidente sea laboral, el acontecimiento súbito y violento debe acaecer por el “hecho” o en “ocasión” del trabajo. No solo se vincula el siniestro al cumplimiento específico de la prestación prometida, sino que también involucra la “ocasión”, entendida como la situación que rodea el desarrollo de la actividad y la constelación de circunstancias que resulten de ella. Dicha hipótesis legal —que se verifica de modo objetivo, en relación a un tiempo y un lugar— habilita la proyección del modelo a un campo más amplio.

CREDITO LABORAL

Intereses. Capitalización de intereses

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 22/09/2023

ARAVENA LUIS ALBERTO c. INTERACCION ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/122716/2023

Sumario: El Acta 2764 de la CNAT -del 7/9/22-, mantuvo las tasas emergentes de las Actas 2601, 2630 y 2658, pero sugirió un modo de aplicación de la capitalización del art. 770 inc. b) del CCyC, que involucra una periodicidad no prevista en la norma, en un proceder que no considero plausible por dos motivos. El primero, es que a través de un Acta la Cámara no se puede interpretar una norma legal -aún con el propósito de no resultar más que una sugerencia-, que sólo puede ser realizada a través de la convocatoria a un fallo plenario. Segundo, que lo dispuesto en el inc. b) del art. 770 del CCyC constituye una excepción a la que terminante regla (prohibición del anatocismo) establecida en el primer párrafo de dicha norma, que de ningún modo autoriza a adjudicar una periodicidad a la capitalización

CONTRATO DE TRABAJO

Empleador. Responsabilidad solidaria. Venta de planes de ahorro.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 05/10/2023

Silva, Lidia Yamila c. General Motors de Argentina S.R.L. y otros s/ Despido

Cita online: AR/JUR/130510/2023

Sumario: Cuando el legislador, en el art. 30 LCT, hace referencia a que un empresario debe responder por los contratos de trabajo que celebre con otras empresas, con quienes establece contratos comerciales, está indicando una interpretación por la que quedan aprehendidas por la regla tareas que, a primera vista, parecen accesorias, pero que en realidad se tornan imprescindibles para la obtención de su objeto.

COMISIONES MÉDICAS

Inconstitucionalidad de la ley provincial que establece un plazo de caducidad menor a la normativa nacional. Plazo para apelar la decisión administrativa. Perjuicio para el trabajador. Facultades del Congreso Nacional. Irrenunciabilidad de derechos. Disidencia.

Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza, sala II. 08/06/2021

Daneri Mancebo, Laura Gabriela c. Asociart, A.R.T. s/ Accidente s/Recurso extraordinario

Cita online: AR/JUR/81175/2021

Sumario: La ley 9017 de la Provincia de Mendoza, en tanto dispone un nuevo modo de caducidad legal para recurrir la decisión administrativa de la comisión médica ante el fuero laboral provincial dentro del plazo de 45 días hábiles judiciales contradice la ley nacional 20.744 en perjuicio de los trabajadores y, por tanto, transgrede facultades propias del Gobierno Nacional.

CAPITALIZACIÓN DE INTERESES

Accidente de trabajo. Alcances.

Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut Sala Civil, Comercial, Contencioso Administrativo, Laboral, de Familia, Rural y Minería. 31/08/2023

T., C. F. c. P. ART SA s/ Accidente de Trabajo (sistémico)

Cita online: AR/JUR/127492/2023

Sumario: La capitalización de intereses ordenada por la jueza de primera instancia —que fue confirmada luego por la alzada— resulta errónea y contraria a derecho. Es que, a la luz del texto del tercer párrafo del art. 12 de la LRT citado por la jueza de la instancia de origen la acumulación semestral de intereses impuesta resulta errada. El texto del artículo conforme la redacción de la ley 27.348 no contiene semestralidad alguna, la norma que introduce la capitalización semestral es la que corresponde al art. 12 LRT conforme la redacción del DNU 669/2019 que justamente la magistrada declaró inaplicable al caso.

CONTRATO DE TRABAJO

Rechazo del daño moral. INTERESES.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I, 21/09/2023

Valles, Emilce Cecilia c. Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados s/acción de amparo

Cita online: AR/JUR/127268/2023

Sumario: Se rechaza el reclamo por daño moral interpuesto por la trabajadora ya que no median motivos ni indicios hábiles para presumir que las reformas implementadas por el organismo demandado a las condiciones de trabajo que circundaban la prestación de la accionante hallaron motivaciones discriminatorias, afincadas en su pertenencia u opinión política.

MONEDA EXTRANJERA

Reconocimiento de sumas indemnizatorias en dólares. Posibilidad de abonar en moneda de curso legal a la cotización “oficial”. Ausencia de petición expresa del accionante. Confirmación de sentencia.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, sala II. 31/10/2023

Giunta, Víctor Mario y otros c. Edenor SA y otros s/ Responsabilidad por daños

Cita online: AR/JUR/144981/2023

Sumario: La sentencia que decidió que los montos indemnizatorios podían ser abonados de acuerdo con un determinado tipo de cambio, el oficial, entre los tantos existentes en la actualidad debe confirmarse, pues si bien el tribunal no ignora la brecha existente en las distintas cotizaciones del dólar estadounidense, sucede que el accionante no requirió en ocasión de presentar su alegato ni en oportunidad de expresar agravios la aplicación de un tipo de cambio que resultara más beneficioso en caso de prosperar su reclamo.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Intereses resarcitorios por anticipos no ingresados. Condonación de oficio en virtud de la ley 27.260.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala IV. 31/10/2023

Rojas Eduardo Pompeyo c. AFIP -DGI- s/ Dirección General Impositiva

Cita online: AR/JUR/143894/2023

Sumario: Conforme lo dispuesto por los arts. 56, quinto párrafo, de la ley 27.260, y 23 de la res. gral. 3920/2016 (AFIP), y teniendo en cuenta lo informado por el Fisco Nacional, la presentación de la declaración jurada relativa al Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2013, con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 27.260, trajo aparejada la condonación de oficio de los intereses de anticipos impagos y vencidos en abril del 2014.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Falta de prueba del nexo causal entre las dolencias descriptas por el galeno y las tareas desarrolladas

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IV. 14/09/2023

FLORES FERREIRA, JOSE c. SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/123151/2023

Sumario: Se rechaza la demanda a fin de obtener un resarcimiento derivado de un infortuno laboral, ya que ninguna prueba fue instada por el demandante tendiente a acreditar el nexo causal entre las dolencias descriptas por el galeno y las tareas desarrolladas, lo que torna inviable el reclamo impetrado.

PROCEDIMIENTO LABORAL

Rebeldia. Incumplimiento de la acordada 31/2020

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 12/09/2023

Perez, Debora Susana c. Avenida Caseros S.A. s/ Despido

Cita online: AR/JUR/120882/2023

Sumario: La presentación de la demandada no permite revocar la decisión de grado de considerarla incursa en la situación procesal de “rebelde”. Es que en definitiva y del modo en que se resaltó en la instancia anterior, pese a la existencia de dos intimaciones, la demandada no presentó su documentación cumpliendo los recaudos de la Acordada 31/2020 y, lo que es más relevante, los escritos fueron incorporados por el letrado que invocó su carácter de patrocinante, sin firma de la patrocinada, la representante legal de la sociedad.

ABANDONO DE TRABAJO

Falta de prueba. Trabajador que se ausenta en epoca de la pandemia por cuestiones de cuidado de sus hijos

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IX. 12/09/2023

CERESA, PABLO MARIANO c. MARPA S.A. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/117595/2023

Sumario: La situación de abandono de trabajo requiere una clara intención del dependiente de no continuar la relación que lo liga a su empleador, puesto que sólo se da tal supuesto cuando se demuestra cabalmente que el ánimo de aquél ha sido el de no reintegrarse a sus tareas, ya que no toda ausencia permite inferir tal determinación, y surge que efectivamente – con fecha 5/08/2020- el trabajadr comunicó a la empresa su imposibilidad de concurrir al trabajo en atención a que su presencia, resultaba indispensable en el hogar por tener al cuidado a su hijo de 12 años y al hijo de su concubina,  Santino García de 6 años de edad, ello,  en virtud de la suspensión de clases dispuesta por la Resolución 108/2020 del Ministerio de Educación.

REMUNERACION

Viáticos. Determinación del carácter remuneratorio

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 07/09/2023

Rodríguez Martínez, Denis Fabián c. Til S.A. s/ despido

Cita online: AR/JUR/113855/2023

Sumario: La empresa no acreditó que la trabajadora tuviera que acompañar previamente los comprobantes que acrediten que incurrió en gastos de transporte o movilidad para concurrir a su trabajo o sede de la empresa, ello a fin de poder acceder al beneficio (cfr. art. 19 1ª parte CCT). Tampoco demostró -cuando menos- que se tratara de un viático genuino sujeto a rendición de cuentas o seguimiento de lo que se entregó en tal concepto y en que se gastó efectivamente (cfr. art. 106 LCT, es la norma base). Lo expuesto me lleva a concluir que el comportamiento de la demandada encuadra en el segundo supuesto de la normativa convencional (que le otorga carácter remuneratorio) y en la regla prevista en el art. 106 LCT en cuanto dispone que “los viáticos serán considerados como remuneración excepto en la parte efectivamente gastada…” sin que hubiera acreditado las excepciones convencionales o legales.

DESPIDO SIN CAUSA

Certificado de trabajo. Intereses. Tasa de interes

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 14/08/2023

De Lucca, María Constanza c. Lan Argentina S.A. s/ despido

Cita online: AR/JUR/101700/2023

Sumario: Quedó acreditado que se trató de un despido sin causa encubierto fraudulentamente bajo el ropaje de una extinción por mutuo acuerdo en los términos del art. 241 LCT – tal como lo analiza en el considerando III.a)-, con lo cual, la actora resultaba acreedora a las indemnizaciones derivadas del distracto. Por su parte, la reclamante dio cumplimiento con la intimación fehaciente que requiere la norma como presupuesto formal de admisibilidad, ello con resultado adverso pues debió iniciar el presente juicio para poder obtener el cobro de las misma, lo que torna procedente la sanción indemnizatoria.

CONTRATO DE TRABAJO

Jornada de trabajo. Actualización de crédito laboral.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 04/09/2023

Assalone, Karina Natalia c. Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados s/Diferencias De Salarios

Cita online: AR/JUR/111785/2023

Sumario: Si bien las partes ya sea en forma individual o colectiva pueden pactar una jornada reducida de conformidad con lo normado por el art. 198 de la L.C.T., a partir de la reforma introducida por la ley 26.474 el trabajo prestado más allá de las 2/3 partes de la jornada habitual de la actividad debe abonarse tomando como base una jornada completa de labor (cfr. art. 9 LCT t.o. ley 26.428).

OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA

Dólares. Cancelación mediante la cantidad de pesos necesaria para adquirir la suma expresada en aquella moneda.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala D. 22/08/2023

Mostaza y Pan S.A. c. Gabriel, Rodolfo Marcelo y otro s/ Ejecución hipotecaria

Cita online: AR/JUR/116549/2023

Sumario: Corresponde que lo adeudado en dólares se cancele mediante la cantidad de pesos necesaria para adquirir la suma expresada en aquella moneda, de acuerdo con su cotización publicada por el Banco de la Nación Argentina (tipo vendedor), incrementada: en un 30% en concepto de “Impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria (PAIS)”, de conformidad con el art. 35, inc. “a”, de la ley 27.541 y en un 45% en concepto de percepción autorizada por la res. gral. 4815/2020 de la AFIP.

TASA DE INTERES

Crédito laboral derivado de un accidente de trabajo.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 08/08/2023

MONTELEON, FEDERICO c. LA SEGUNDA ART S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/95807/2023

Sumario: El planteo de la parte actora en relación con las distintas tasas de interés que se especificaron en las Actas CNAT 2601, 2630 y 2658, resulta improcedente justamente porque la tasa prevista en el régimen especial de la ley 27.348 tiene en cuenta el coeficiente de actualización por índice Ripte.

ACCIDENTE DE TRABAJO

No resulta acreditado que los sucesos hubiesen impactado en la esfera psíquica del trabajador.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 31/07/2023

SANTILLAN, CARLOS JAVIER c. GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Cita online: AR/JUR/100700/2023

Sumario: Cabe tener en cuenta las circunstancias fácticas que rodearon al origen de las afecciones físicas (las cuales según el relato del episodio traumático que diera origen a las presentes actuaciones se produjeron al perder la estabilidad mientras caminaba y sentir una “tirón” en su columna dorsolumbar) Por tal contexto fáctico, no aprecio razonable que los sucesos de autos hubiesen impactado en la esfera psíquica del trabajador de modo de ocasionar algún tipo de secuela psíquica de carácter irreversible y en nexo de causalidad adecuada y resarcible en el marco de la ley 24.557

MULTA

Aplicación de una multa a una ART. Falta de visita al establecimiento empleador.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala A. 28/09/2023

Superintendencia de Riesgos del Trabajo c. La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. s/ Organismos externos

Cita online: AR/JUR/125818/2023

Sumario: Se confirma la multa impuesta por la SRT a una aseguradora, ya que el mencionado organismo de contralor, entre otros elementos, solicitó a la encartada la documentación vinculada a las visitas realizadas durante el período 2021 con relación a un establecimiento del empleador; y de las piezas instrumentales acompañadas por la apelante no resulta que se haya concretado visita alguna durante ese lapso, más allá de haber alegado que: “ha visitado el establecimiento en todos los años en tiempo y forma, conforme consta de la documentación acompañada”, no obstante lo cual no remitió la constancia de tal hecho.

CONTRATO DE TRABAJO

Empleador. Responsabilidad solidaria. Venta de planes de ahorro.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 05/10/2023

Silva, Lidia Yamila c. General Motors de Argentina S.R.L. y otros s/ Despido

Cita online: AR/JUR/130510/2023

Sumario: Cuando el legislador, en el art. 30 LCT, hace referencia a que un empresario debe responder por los contratos de trabajo que celebre con otras empresas, con quienes establece contratos comerciales, está indicando una interpretación por la que quedan aprehendidas por la regla tareas que, a primera vista, parecen accesorias, pero que en realidad se tornan imprescindibles para la obtención de su objeto.

DESPIDO INDIRECTO

Deuda salarial. Intimación de la trabajadora. Retención de tareas

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 08/08/2023

SIERRA, ADA ESTHER c. HEREDIA & CÑIA S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/95800/2023

Sumario: Si bien el art. 57 de la L.C.T. menciona un plazo mínimo de silencio de 2 días hábiles, lo concreto es que la accionada debió arbitrar los medios necesarios para expedirse en relación a lo requerido en tiempo oportuno, es decir –en el caso particular de marras- sin dejar pasar los dos días aludidos, sin embargo es claro que no lo hizo. Ello así, puesto que, en rigor de verdad la trabajadora puntualmente le hizo saber que iba a retener su fuerza de trabajo ante la deuda salarial pretendida y por la que también intimó por el plazo de 48 horas. En tal contexto, no caben dudas de que la trabajadora ante la deuda salarial reclamada estaba legitimada a retener tareas hasta tanto se restableciera el sinalagma contractual (cfr. arts. 1031 y 1032 del C.C. y C.N.)

DEMANDA

Actuaciones digitales. Contestación de demanda. Rebeldía

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 30/08/2023

PEDROSA, LISANDRO NICOLAS c. BRUNELLO, HIDA KEN LUIS (REBELDE) Y OTROS s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/109383/2023

Sumario: El libelo digital en el cual se contestó la demanda fue presentado tempestivamente, ello surge, de manera indudable, de las presentes actuaciones digitales. En efecto, la cedula de notificación del traslado de la demanda fue diligenciada el 04.05.2022 bajo responsabilidad de la parte actora, por lo tanto el 23.05.2022 a las 09:11 no había fenecido el plazo para contestar la demanda, teniendo en cuenta que la presentación fue digitalizada en “plazo de gracia”. Que, de tal forma, constituiría un evidente rigorismo formal tener por incursa en la situación prevista en el art. 71 de la LO a la accionada.

IUS VARIANDI

Empleo público. Pérdida de confianza. Facultades de la administración.

Corte Suprema de Justicia de la Nación. 17/08/2023

Alaguibe, Ana María c. AFIP s/ contencioso

Cita online: AR/JUR/103656/2023

Sumario: La AFIP, al determinar el cese de un agente en sus funciones y asignarle nuevas, ejerció de manera regular sus potestades de organización, supervisión y asignación de funciones de su personal a cargo, en aras de garantizar eficazmente el interés público que le es inherente. El accionar de la demandada no puede verse como el ejercicio abusivo del ius variandi, ya que la normativa convencional contempla la posibilidad de relevar del cargo a los agentes que revistieran como jefe de Unidades de Estructura y ubicarlos dentro de la misma categoría de revista en la Función de Asesor (ex art. 56, actual art. 34 punto 3.2 del Convenio Colectivo laudo 15/91). En el caso, el agente incluso fue asignado en un grupo del escalafón superior al que le hubiera correspondido.

CONTRATO DE TRABAJO

Se revoca la nulidad del despido

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 03/08/2023

GIMENEZ, OSCAR ALEJANDRO c. FRIDIMEX S.A s/JUICIO SUMARISIMO

Cita online: AR/JUR/97916/2023

Sumario: Se revoca la sentencia que declaró la nulidad del despido y ordenó la readmisión del actor en el mismo puesto y condiciones de trabajo que ocupaba, ya que si bien alegó que había dejado de concurrir a prestar tareas en forma presencial a mediados del año 2019, por motivo del estado de salud de su esposa no hay una sola prueba de que el actor haya tenido que permanecer en su domicilio, para asistirla permanentemente, ni de que no tuviera otra persona que pudiese hacerse cargo de su cuidado -siempre y cuando ello hubiese sido necesario-, siendo de destacar que el mismo informe de la Fundación Favaloro da cuenta de que su hija es médica

RIESGOS DEL TRABAJO

Enfermedad profesional. Pruebas. Decreto 49/2014.

Cámara 1a del Trabajo de Mendoza. 17/05/2023

NOGERON CLAUDIO MARCELO c. EXPERTA ART SA s/ENFERMEDAD ACCIDENTE

Cita online: AR/JUR/60611/2023

Sumario: El Decreto 49/14 incluyó dentro de las enfermedades profesionales a la hernia lumbosacra con o sin compromiso radicular. Denuncia como agente de riesgo: “carga, posiciones forzadas y gestos repetitivos de la columna vertebral lumbosacra”. Describe las actividades laborales que la pueden provocar: tareas que requieren movimientos repetitivos y/o posiciones forzadas de la columna vertebral lumbosacra, que en su desarrollo requieren levantar, trasladar mover o empujar objetos pesados.  Esas tareas deben haber sido efectuadas por lo menos durante 3 años en forma continua o discontinua.  A través de las testimoniales rendidas en la causa, la pericia en higiene y seguridad, la analítica descripción de tareas que cumpliera el actor en su actividad de mantenimiento de pozos de petróleo, principalmente como operario en boca de pozo y como enganchador y luego como maquinista de operación, que lo llevaron a manipular objetos pesados, con gran esfuerzo físico, en posiciones forzadas, durante muchos años en forma manual, llevaron a realizar los trabajos con movimientos corporales como los descriptos en el Dec. 49/14.

DESPIDO

Falta de proporcionalidad entre la falta cometida por la trabajadora y el despido dispuesto.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 25/09/2023

Cohen, Rosalia Ingrid c. Asociación Comunidad Israelita Sefardí Argentina s/ Despido

Cita online: AR/JUR/125410/2023

Sumario: Pese a no haberse demostrado que la actora haya sido autorizada a ausentarse de su puesto de trabajo a partir del 7 de febrero, la sanción máxima de despido adoptada por la demandada resultó desproporcionada a la falta cometida, toda vez que no se advierte rebatida la especial consideración que al respecto hizo el juez a quo en torno a la declaración (transcripta puntualmente en la sentencia anterior) de una testigo —rectora de la institución demandada—, quien dio cuenta de que luego que la actora comunicó que no se iba a reincorporar, sin embargo la escuela pudo tomar los exámenes y fueron corregidos por la accionante.

RELACIÓN LABORAL

Indemnización por despido indirecto. Revocación. Locación de servicios. Prueba. Falsificación de papeles de comercio.

Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa, sala III. 13/09/2023

Pagano, Luis Armando c. Reynier, Carlos Alberto s/ Accidente Laboral

Cita online: AR/JUR/122000/2023

Sumario: El magistrado de la instancia anterior erró en la apreciación del carácter del vínculo que unió a las partes, al declarar una relación de trabajo cuando, en función de los hechos recreados, no se la advierte. Admitir la acción en este proceso abierto e impulsado desde hace casi diez años importaría un menoscabo a la libertad contractual y a la posibilidad útil de requerir servicios avezados y autónomos en oficios, profesiones, ocupaciones o como deba denominarse a una modalidad autónoma externalizada en el ámbito rural de La Pampa y sin notas de dependencia técnica, jurídica o económica, tal cual se observa en este caso.

EMPLEO PÚBLICO

Reclamo laboral de un trabajador de la universidad pública. Características de la relación laboral. Protección constitucional.

Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. 30/08/2023

Duarte, Mario José c. Universidad Tecnológica Nacional (UTN) Regional Resistencia s/ Reclamos varios

Cita online: AR/JUR/111044/2023

Sumario: Independientemente del nomen iuris que se le dé al vínculo que une a las partes, se dio una relación continua, ininterrumpida, donde había una prestación del actor a cambio de una suma de dinero de la accionada por un período de más de 12 años, ya que las labores de mantenimiento, limpieza, seguridad e higiene de los establecimientos universitarios no son temporales, eventuales o estacionales, sino que deben realizarse continuamente para el adecuado desenvolvimiento del quehacer de dicha institución, por lo que se dan en el caso los recaudos que caracterizan una relación de índole estrictamente laboral conforme a principios generales que rigen la materia.

CONTRATO DE TRABAJO

Despido por pérdida de confianza

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 06/07/2023

DIAZ, CARLOS ANTONIO c. FUNDACION FAVALORO PARA LA DOCENCIA E INVESTIGACION MEDICA s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/87708/2023

Sumario: Las circunstancias analizadas en sede penal en el marco de las obligaciones que emanan de un contrato de trabajo, entiendo que las irregularidades en las que aparece involucrado el accionante con relación al abuso que se habría dado en el box de radiología, por su magnitud, es razonablemente configurativo de una situación objetiva de pérdida de confianza.

ACCIDENTE LABORAL

Taxista. Accidente vial. Arbitrariedad de la sentencia. Ausencia de nexo causal entre el siniestro y la conducta de la aseguradora. Certiorari negativo.

Corte Suprema de Justicia de la Nación. 13/06/2023

Alarcón, Juan Esteban c. Goncálvez, Néstor Abel y otro s/ accidente – acción civil

Cita online: AR/JUR/74389/2023

Sumario: Es arbitraria la sentencia que solo se limitó a formular elucubraciones genéricas acerca de las obligaciones de las ART, sin precisar cuál sería el nexo de causalidad adecuado entre el siniestro y la conducta de la recurrente —en el caso, un conductor de taxi tuvo un accidente vial—, y la condenó por el solo hecho del resultado dañoso, sin otro análisis de las circunstancias que lo rodearon.

RIESGOS DEL TRABAJO

Reclamo por enfermedad profesional. Objeto de litis. Afección respiratoria. Estudios médicos específicos

Cámara 2a del Trabajo de Mendoza. 11/05/2023

Montaña, Marta Gladys c. Experta A.R.T. S.A. s/ accidente

Cita online: AR/JUR/57087/2023

Sumario: La traba de la litis ha quedado circunscripta al análisis de la procedencia de la responsabilidad sistémica de la Aseguradora de Riesgos de trabajo, en tales condiciones se impone examinar prima facie la existencia o no de la base fáctica articulada, el nexo de causalidad pretendido y la definitividad de la patología, pues de la respuesta que arribe dependerá la necesidad de ingresar al tratamiento de la procedencia del reclamo. La actora los circunscribe a que la actividad realizada sin elementos de protección, es suceptible de generar problemas respitratorios; que nunca se le entregó protección para ello, ocasionando las dolencias. Del cotejo del certificado médico acompañado con la demanda, surge que la galena informa: “la actora comienza a sentir disnea, que posteriormente sufrió un accidente mientras se encontraba trabajando, al sufrir traumatismo en hombro, brazo y mano derecha, concluye que presenta Omalgia derecha con desgarro del supraespinoso…”. Éste supuesto hecho que derivaría en su omalgia, no ha sido denunciado, alegado y por ende reclamado. De modo, que adelanto, no se encuentra dentro de la traba de la litis.

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Facultad para imponer sanciones a una ART

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala D. 26/09/2023

Superintendencia de Riesgos del Trabajo c. Swiss Medical A.R.T. S.A. s/ organismos externos

Cita online: AR/JUR/124083/2023

Sumario: El deber-facultad de imponer sanciones cuestionado en autos se prevé como derivación del cumplimiento de la fiscalización a cargo de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (art. 36, ap. 1, de la ley 24.557 y art. 15 inc. 1º del dec. 334/1996, reglamentario del art. 27 de la ley citada).

CONTRATO DE TRABAJO

Despido. Invariabilidad de la causa del despido

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 27/09/2023

Isoardi, Analía Verónica c. Zara Argentina S.A. y otro s/ despido

Cita online: AR/JUR/124970/2023

Sumario: Es requisito necesario para una válida ruptura del vínculo la intimación previa conteniendo la afirmación de hechos (u omisiones) que configuren incumplimientos y el apercibimiento bajo el cual se efectúa el emplazamiento, ya fuera con la finalidad de obtener de la otra parte una revisión de la supuestamente viciosa conducta de que se trata o posibilitar el ejercicio del derecho de réplica. Esta obligación incumbe tanto al trabajador como al empleador, pues deben conocer cuál será la determinación que adoptará el uno o el otro, en el marco del deber genérico de obrar de buena fe.

TUTELA SINDICAL

Alcances. Requisitos. Comunicación fehaciente del cargo al empleador.

Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. 07/09/2023

Bogado, Natalia Mariana c. Universidad Nacional de Formosa s/inc. de medida cautelar

Cita online: AR/JUR/117676/2023

Sumario: Para que la condición de representante gremial de la amparista pueda sustentar la verosimilitud del Derecho a los fines de hacer lugar a la medida cautelar, el examen de las constancias de las actuaciones debería haber incluido no solamente la constatación de la efectiva participación de la actora en la respectiva lista, sino que, además, dicha circunstancia hubiera sido notificada a las autoridades universitarias de manera fehaciente.

EMBARGO DE CRIPTOMONEDAS

Bloqueo de billeteras virtuales. Medida cautelar. Rechazo del recurso de casación.

Cámara Federal de Casación Penal, sala III. 17/05/2023

AFIP c. Karamanian, Sebastián Hugo y otros s s/ Incidente de medida cautelar

Cita online: AR/JUR/61920/2023

Sumario: El recurso de casación deducido ante la confirmación del embargo preventivo sobre inmuebles y criptomonedas, y el bloqueo de cuentas y billeteras virtuales es inadmisible; pues si bien los impugnantes alegaron la violación de derechos patrimoniales, no lograron demostrar de qué manera concreta les produce un agravio de imposible y tardía reparación ulterior, a efectos de equiparar dicho pronunciamiento a uno de carácter definitivo; máxime cuando la resolución impugnada cuenta con los fundamentos jurídicos mínimos, necesarios y suficientes, que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido.

SEGURO DE DESEMPLEO

Inconstitucionalidad del tope en la asignación. Omisión del Poder Ejecutivo en la actualización de la suma.

Corte Suprema de Justicia de la Nación. 25/04/2023

Patterer, Susana Alicia c. Estado Nacional s/ Amparo

Cita online: AR/JUR/46965/2023

Sumario: La omisión de la administración de actualizar los valores para la asignación por desempleo establecidos en el decreto 267/2006 llevó a convertir en irrisoria e inequitativa la asignación que le correspondía a la actora y desnaturalizó de esta forma el mecanismo de protección social, frustrando el derecho que cuenta con sustento en la Constitución Nacional y en la normativa internacional sobre derechos humanos. No resulta objetable y corresponde confirmar la decisión que declaró la inconstitucionalidad de la norma.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Determinación de la incapacidad. Pericia médica. Intereses

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IV. 09/05/2023

Suárez, Marcela Alejandra c. Provincia ART S.A. s/accidente – ley especial

Cita online: AR/JUR/101640/2023

Sumario: Para apartarse de la valoración efectuada por el galeno, el juez debe encontrar sólidos argumentos, ya que se trata de un campo del saber ajeno al hombre de derecho, y aunque no son los peritos médicos los que fijan la incapacidad, sino que ella es sugerida por el experto y determinada finalmente por el juzgador -basándose en las pruebas que surgen del expediente y las normas legales de aplicación- su informe resulta el fundamento adecuado para la determinación de la minusvalía que se ordena reparar.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Reparación integral. Relación de causalidad entre las tareas y la incapacidad

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 26/06/2023

FABRE, ROBERTO (FALLECIMIENTO FS.613) c. CASA NINE Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/79553/2023

Sumario: La procedencia de una pretensión de reparación integral o plena como la aquí intentada se supedita a que el trabajador demuestre la existencia de un daño en relación de causalidad adecuada con alguno de los factores de atribución de responsabilidad, ya sea de índole subjetiva (v.g. dolo, culpa o incumplimiento contractual) u objetiva (v.g. vicio o riesgo de una cosa responsabilidad refleja por actos del dependiente) que pueda atribuirse al empleador, salvo que se alegue y pruebe la concurrencia de alguna de las causales eximentes de responsabilidad legalmente previstas (arts. 508, 511, 512, 1.074, 1.109, 1.113 y conc. del Código Civil en vigor a la fecha de los hechos que aquí se discuten) y del análisis de las pruebas arrimadas al pleito corroboran la presencia, en el caso, de una vinculación causal entre las labores prestadas y la incapacidad determinada según las conclusiones que arrojaron los dictámenes periciales médico y psiquiátrico practicados (art. 377, C.P.C.C.N.).

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 03/07/2023

LENTINI, MICAELA c. TASK SOLUTIONS S.A. (EN QUIEBRA) Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/84534/2023

Sumario: El art. 30 LCT impone la solidaridad a las empresas -organización y gestión propia que asume los riesgos, obligaciones y responsabilidades- que teniendo una actividad propia, normal y específica o habiéndose encargado de ella, estiman conveniente o pertinente no realizarla por sí en todo o en parte, sino encargar a otra u otros esa realización de bienes y servicios. Ello debe determinarse en cada caso atendiendo al tipo de vinculación y a las circunstancias particulares que se hayan acreditado

CONTRATO DE TRABAJO

Despido indirecto. Certificado de trabajo, art. 80 de la LCT

Cámara 4a del Trabajo de Mendoza. 31/05/2023

HUERTA EMILSE GIMENA Y OTRO c. FUNDACION CUMBRES s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/65951/2023

Sumario: El autodespido efectuado por las actoras es procedente ante la negativa de la demandada a aclarar su situación laboral (art. 242 de la LCT) , más no procede la multa a los efectos de la entrega del certificado del art. 45 Ley 25345 (art. 80 de la LCT), dado que emplazan en el mismo telegrama que se autodespiden para la entrega del mismo.

ACCIDENTE IN ITINERE

Trabajador diabético que sufre un robo. Responsabilidad de la ART.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 13/04/2023

Núñez Martínez, Idalia Cristina c. Swiss Medical ART S.A. s/ accidente – ley especial

Cita online: AR/JUR/39194/2023

Sumario: Resulta procedente la acción por accidente in itinere, ya que se encuentra acreditado el vínculo entre el paro cardiovascular y el ataque con intención de robo por el que el trabajador resultó con dos heridas cortantes, una en el abdomen y otra en el glúteo, ya que el trabajador padecía de diabetes. Esta enfermedad es uno de los principales factores de riesgo cardiovascular.

IUS VARIANDI

Empleo público. Pérdida de confianza. Facultades de la administración.

Corte Suprema de Justicia de la Nación. 17/08/2023

Alaguibe, Ana María c. AFIP s/ contencioso

Cita online: AR/JUR/103656/2023

Sumario: La AFIP, al determinar el cese de un agente en sus funciones y asignarle nuevas, ejerció de manera regular sus potestades de organización, supervisión y asignación de funciones de su personal a cargo, en aras de garantizar eficazmente el interés público que le es inherente. El accionar de la demandada no puede verse como el ejercicio abusivo del ius variandi, ya que la normativa convencional contempla la posibilidad de relevar del cargo a los agentes que revistieran como jefe de Unidades de Estructura y ubicarlos dentro de la misma categoría de revista en la Función de Asesor (ex art. 56, actual art. 34 punto 3.2 del Convenio Colectivo laudo 15/91). En el caso, el agente incluso fue asignado en un grupo del escalafón superior al que le hubiera correspondido.

PROCEDIMIENTO LABORAL

Se desestima el planteo de nulidad de la notificación del traslado de la demanda

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 17/08/2023

DE CHICO, FLORENCIA SOL c. GRUPO VIARSA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/103246/2023

Sumario: Se desestima el planteo de nulidad de la notificación del traslado de la demanda formulado, ya que fue diligenciada al último domicilio que esta persona humana tiene denunciado ante los organismos oficiales de la Nación y sin que hubiera demostrado que al momento de dicha diligencia no se domiciliaba en el mismo y resulta inoponible a la trabajadora la conducta displicente de la demandada de no mantener actualizado su domicilio frente a terceros, debiendo cargar con las consecuencias de ese accionar (art. 63, L.C.T.), recordando asimismo que el art. 73 del C.C.C.N. prevé como domicilio real de toda persona humana el lugar de su residencia habitual.

REAJUSTE DEL HABER PREVISIONAL

Liquidación. Economía procesal.

Cámara Federal de Apelaciones de Salta, Sala I. 27/07/2023

Torena, Clementina Elva c. ANSeS s/ Reajustes varios

Cita online: AR/JUR/105139/2023

Sumario: Corresponde aprobar la planilla de liquidación del período 20/03/2011 al 31/05/2022, por la suma que resulta de restar a la liquidación efectuada por la parte actora las diferencias a partir del 3/20 entre los haberes percibidos consignados por aquella y los efectivamente abonados por la accionada.

DESPIDO

Carga de la prueba cuando se alega un despido discriminatorio por causas sindicales

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 15/05/2023

SALADO PAZ, HERNAN MAXIMILIANO c. ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO s/ACCION DE AMPARO

Cita online: AR/JUR/58416/2023

Sumario: Cuando se invoca una arbitraria discriminación vinculada a una afiliación sindical, el trabajador tiene la carga de aportar un indicio razonable de que el acto que imputa a la principal, lesiona su derecho fundamental y, para ello, se debe acreditar la existencia de algún elemento que permita considerar la posibilidad de un acto arbitrario de discriminación.

HABILITACIÓN DE FERIA

Alcances. Requisitos. Posibilidad de causar un mal irreparable. Rechazo.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala de feria. 19/07/2023

Hernández, Adrian Eduardo c. Asociación Trabajadores del Estado s/ acción de amparo

Cita online: AR/JUR/92923/2023

Sumario: No se advierte que la justificación ofrecida en el correspondiente pedido evidencie la necesidad de habilitar la feria, toda vez que no se observa una explicación que evidencie la verificación del recaudo establecido por el artículo 4° del RJN.

DESPIDO JUSTIFICADO

Jefe que besó en la boca a una empleada. Queja. Cuestiones de hecho y prueba. Rechazo

Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro, sala Laboral y Contencioso-Administrativo Laboral. 22/06/2023

R., J. C. c. Editorial Río Negro S.A. s/ queja

Cita online: AR/JUR/91862/2023

Sumario: Consideró la Cámara que abrazar y besar a una empleada y propasarse con la misma, es una conducta reprochable y reviste gravedad. Concluyó así que la conducta del actor tiene sustento, consciente o inconsciente, en una vulneración de la igualdad de género, pues de un lugar de superioridad (jefe) aprovecha la oportunidad para sobrepasarse con una dependiente de su equipo en un acto impropio y no consentido por la mujer. Entendió que la sanción es proporcional a la falta cometida, pues le era exigible al actor un mayor cuidado en el cumplimiento de los deberes de conducta y de buena fe. De tal manera, concluyó que las pruebas acreditan la gravedad de la injuria, de entidad suficiente para decidir el despido con justa causa. Dicho ello, forzoso es concluir que el análisis de los agravios remite a materias propias del mérito y ajenas a la casación, no advirtiéndose en la especie una hipótesis de absurdo o arbitrariedad que habilite una excepción a la regla antedicha.

EMPLEO PÚBLICO

Diligencia preliminar. Secuestro de legajo laboral.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala I. 23/06/2023

GOMEZ MONACO, CAROLINA ELIZABETH c. EN-M SEGURIDAD-DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL s/DILIGENCIA PRELIMINAR

Cita online: AR/JUR/79403/2023

Sumario: La diligencia preliminar solicitada debe rechazarse, dado que no se ofrecieron razones que permitan tener por configurada una situación excepcional que justifique acceder al secuestro de la documentación que se pretende. No se encuentra acreditada alguna circunstancia que permita presumir que la documentación no vaya a ser acompañada por la parte demandada en el momento procesal oportuno o que, eventualmente, pueda ser adulterada o destruida.

CONTRATO DE TRABAJO

Art. 23 de la LCT. Testimonios de clientes. Despido indirecto.

Cámara 6a del Trabajo de Mendoza. 23/06/2023

RAMIREZ LEON DONIEL c. VIRULON FERNANDO AGUSTIN s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/79940/2023

Sumario: En cuanto al vínculo existente entre actor y demandado, le asiste razón al primero en sus afirmaciones, por cuanto ello es lo que resulta a partir de las presunciones legales en juego (art. 23 LCT) y de la prueba traída al proceso, en especial de las testimoniales: a. Los testigos describieron cuáles fueron las tareas que vieron realizar al actor en el establecimiento del demandado -peluquero, barbero, atención al cliente, cobrar; b. Los testigos trataron personalmente con el actor por haber sido clientes de la barbería: c. Explicaron desde y hasta cuándo trabajó el actor en el establecimiento; d. Mencionaron las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ubicaban la actora en su lugar de trabajo; e. Expusieron cuál era la extensión de la jornada laboral diaria que cumplía el actor para el demandado. Por otro lado, en el caso, el demandado no ha aportado a la litis ningún elemento que permita desvirtuar la presunción del art. 23 L.C.T.

CONTRATO DE TRABAJO

Despido indirecto. Vigilador general, CCT 505/07. Ocupación efectiva. Rebeldía

Cámara 4a del Trabajo de Mendoza. 07/06/2023

OLAGARAY JUAN PABLO c. SEGRUP ARGENTINA SRL s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/70442/2023

Sumario: En cuanto a la situación de despido indirecto denunciada, reclamándose ocupación efectiva (Telegramas digitalizados), no habiendo sido controvertidas con pruebas por parte del demandado (arg. art. 75 CPCCM), resultan acreditadas por efecto de la rebeldía, a lo que se aúnan las testimoniales rendidas (digitalizadas), resultando acreedor el trabajador de las indemnizaciones por despido indirecto justificado (arts. 232, 233, 245, LCT).

CATEGORIA LABORAL

Stress laboral. Tareas del trabajador. Recategorización

Cámara Primera del trabajo de Bariloche. 07/07/2023

Romera, Jorge Luis c. Tren Patagónico S.A s/ Ordinario

Cita online: AR/JUR/93105/2023

Sumario: Dado que desde el inicio advirtió el trabajador  por escrito que las funciones asignadas resultaban excesivas, y así fue que dos años después de estar ejerciéndolas presentó un cuadro de estrés laboral, acreditado con exámenes biológicos que miden el cortisol en sangre, y aunque serecomienda licencia laboral, el trabajaodr solo solicita que se lo exima de viajar, para poder seguir cumpliendo con las demás funciones encomendadas en la resolución que determina las responsabilidades del cargo, por ello, si todos fueron ascendidos por recategorización, como consecuencia de la creación de nuevas categorías superiores, sin otro requisito, menos el actor, relegarlo implica una retrogradación indudablemente.

CONTRATO DE TRABAJO

Invariabilidad de la causa del despido. Despido por acta notarial. Remuneración. Telefonía celular

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 17/05/2023

PURVES, ADRIAN EDUARDO c. INC S.A. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/59570/2023

Sumario: El acta entregada a al trabajador no explica en forma precisa y concreta cuál o cuáles fueron los supuestos incumplimientos que se le endilgan ; y, dicha omisión no resulta menor pues, a la luz del art. 243 de la LCT, no sólo impide al trabajador ejercer su debido derecho de defensa en juicio sino que, además, no permite hacer una valoración completa acerca de la magnitud de la supuesta inconducta invocada para justificar el despido dispuesto.

CONTRATO DE TRABAJO

Falta de prueba de la causal extintiva

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 26/06/2023

FRIAS, DIEGO ARIEL c. INC S.A. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/79622/2023

Sumario: Se confirma la sentencia que entendio que no se ha probado el proceder imputado al trabajador, es decir, el incumplimiento a sus deberes como causal del acto extintivo (cfr. art. 242 LCT), ya que la emleadora manifiesta que el obrar del actor no cumplió con los requerimientos de buena fe laboral pero no argumenta de manera concreta esta aseveración, omitiendo explicar el yerro en que habría incurrido la juzgadora y su consiguiente comprobación (art. 116 LO).

ACCIDENTE DE TRABAJO

Comisiones médicas. Procedimiento

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 29/06/2023

ACUÑA, ANTONIO c. PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/82738/2023

Sumario: Al momento de iniciar la acción -12.10.2022- las comisiones médicas presentaban un normal funcionamiento. La Resolución S.R.T. 75/2020 -dictada el 20.10.2020, publicada en el B.O. el 21.10.2020- ordenó reanudar la tramitación de todos los actos presenciales que se celebran ante las comisiones médicas, por lo tanto, al momento en que la actora interpuso la presente demanda, se encontraban habilitadas para la normal tramitación del trámite administrativo.

DESPIDO

Injustificado. Descenso del navío para la compra de un medicamento. Orden del capitán del buque.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 04/05/2023

Ereñu, Mariano Carlos c. National Shipping S.A. s/ despido

Cita online: AR/JUR/51918/2023

Sumario: Es injustificada de la decisión rupturista adoptada por la naviera en función del accionar desplegado por el marinero. Aún cuando la decisión de desembarcar el navío —para la compra de un medicamento— hubiese podido resultar técnicamente desacertada e —inclusive— coadyuvante a la configuración de una infracción a las pautas de dotación mínima impuestas por la Prefectura Naval Argentina, tal despliegue fue llevado a cabo en cumplimiento de una directiva impartida por el capitán del buque. Y, a su vez, ese cumplimiento no representó sino la observancia del imperativo conductual instituido en el ordenamiento legal que disciplinaba la relación.

REMUNERACIÓN

Conceptos remuneratorios. Medicina prepaga. Cochera.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 02/03/2023

Fernández Tolosa, Marcela Solange c. Yahoo de Argentina S.R.L. y otros s/ Despido

Cita online: AR/JUR/12614/2023

Sumario: Teniendo en cuenta que constituye salario toda contraprestación en función de las tareas desarrolladas que reciba el trabajador susceptible de ser evaluado en dinero, aunque no se perciba en efectivo sino en especie o mediante la simple oportunidad de obtener ganancias, que satisfaga total o parcialmente su consumo, pues, de no existir dicho reconocimiento, el trabajador debería tomarlo a su cargo, debe analizarse en este caso si los conceptos en especie denunciados adquieren carácter remunerativo, en virtud de lo normado por el art. 103 LCT y art. 1 del Convenio 95 OIT que rige la materia.

SOLIDARIDAD LABORAL

Actividad normal y específica del establecimiento. Procedencia.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 23/02/2023

Donath, Paula c. YPF S.A. y otro s/ despido

Cita online: AR/JUR/8575/2023

Sumario: La actividad en sistemas informáticos o de soporte técnico concedida a la codemandada por la principal constituye parte de su actividad normal y específica, y en consecuencia la tarea desempeñada por la actora hacía al logro de la actividad de la primera.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Reconocimiento del accidente por parte de la ART

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 05/05/2023

OJEDA, GUSTAVO FABIAN-6- c. PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/51514/2023

Sumario: Aun si se entendiese que el relato de la demanda resultó incompleto en orden a la descripción del trayecto que el trabajador debió recorrer a efectos de asistir a la interconsulta en la sede de la aseguradora accionada, lo cierto es que, en el concreto caso de autos, tal falencia se presenta irrelevante, puesto que la ocurrencia del hecho traumático denunciado en las condiciones invocadas luce reconocida por la aseguradora.

CONTRATO DE TRABAJO

Descuento de 4 días de trabajo por una ausencia laboral. Violación al principio de proporcionalidad de la sanción

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 11/05/2023

AGUIRRE, ANTONIO VICENTE c. HAPPENING S.A. Y OTROS s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/57607/2023

Sumario: El descuento de 4 días de trabajo por una ausencia laboral, que nace a partir de una deficiente comunicación de la empresa por un cambio de franco, constituye una violación al principio de proporcionalidad de la sanción, teniendo en cuenta que el salario es un aspecto sustancial del contrato de trabajo y -como lo ha sostenido reiteradamente este Tribunal- la falta de pago integro, oportuno e injustificado autoriza al trabajador a denunciar el contrato de trabajo en los términos del artículo 242 de la LCT; tal como lo dispuso el actor en su despido. Nótese que por la ausencia de un día de trabajo, la empleadora decidió sancionarlo con la perdida 4 días de remuneración y en una época del año en que se efectúan mayores erogaciones dinerarias como consecuencia de las fiestas navideñas y fin de año; lo que es indudable el perjuicio económico que causó al trabajador

OBREROS DE LA CONSTRUCCIÓN

Indemnizaciones establecidas en los arts. 18 y 19 de la ley 22.250. Sanciones normadas en los arts. 80 y 132 bis LCT.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 19/04/2023

Ibarra Benítez, Mario Ruben c. H Y M Construcciones SRL s/ despido

Cita online: AR/JUR/42698/2023

Sumario: No corresponde condenar al pago de las indemnizaciones establecidas en los arts. 18 y 19 de la ley 22.250, ni de las sanciones normadas en los arts. 80 y 132 bis LCT, pues en tales supuestos sí se exige una interpelación previa que requiera el pago de los créditos adeudados: ello así por imposición expresa de las normas que regulan al respecto; bien sean las propias leyes mencionadas o sus modificatorias (ley 25.345), bien sean sus reglamentaciones (cfr. arts. 1° y 3° del dec. regl. 146/2001); la omisión de dichos requerimientos constituyen obstáculos insalvables que impiden el progreso de las partidas bajo examen.

EMPLEO PÚBLICO

Reclamo salarial de personal de la Dirección General de Migraciones. Competencia de la Justicia Contencioso Administrativo Federal. Desplazamiento de las disposiciones del derecho del trabajo privado aun cuando exista un CCT o se invoque el art. 14 bis de la CN.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 12/05/2023

Delbasto, Tobías y otros c. Dirección Nacional De Migraciones s/ diferencias de salarios

Cita online: AR/JUR/57177/2023

Sumario: Las relaciones de naturaleza pública que se encuentran reguladas por normas que, gobiernan el empleo público y no por las que rigen el contrato de trabajo privado —cfr. art. 2°, inc. a, de la Ley de Contrato de Trabajo—, como resulta ser el caso de autos-, la jurisdicción llamada a entender resulta ser la justicia en lo contencioso administrativo federal.

TRANSFERENCIA DEL ESTABLECIMIENTO

Falta de reconocimiento de la antigüedad. Despido indirecto. Legitimidad.

Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. 14/03/2023

Álvarez, María Ester c. Establecimiento Metalúrgica BH SRL y otros s/ Despido

Cita online: AR/JUR/20140/2023

Sumario: El deficiente registro de la relación laboral y la ausencia de reconocimiento de la antigüedad en el empleo, derivados de las obligaciones legales que la figura jurídica de la transferencia del establecimiento en la que se subsumió el caso impone en cabeza de la empleadora que se constituye en adquirente, se encuentran acreditados en la especie.

PROCEDIMIENTO LABORAL

Nulidad. Prueba.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 26/06/2023

DELGADO MENDEZ, RAMON EDUARDO c. GRUPO VIARSA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/79554/2023

Sumario: Conforme el art. 58 de la L.O., quien alega una nulidad deberá expresar el perjuicio sufrido y el interés que la llevare a pedir tal declaración, entendiéndose según el art. 59 que no procederá la misma cuando se hayan dejado pasar tres (3) días desde el momento en que se tuvo conocimiento del acto viciado sin haber hecho cuestión alguna.

CONTRATO DE TRABAJO

Apreciación de la prueba pericial.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 19/04/2023

ZELADA, CARLOS ALBERTO c. ASOCIART S.A. ART s/RECURSO LEY 27348

Cita online: AR/JUR/42700/2023

Sumario: Si bien en nuestro sistema la prueba pericial no reviste el carácter de prueba legal, puesto que el experto es una persona especialmente calificada por su saber específico y se desempeña como auxiliar judicial distinto de las partes, la prudencia aconseja aceptar los resultados a los que aquél haya llegado, en tanto no adolezcan de errores manifiestos, o no resulten contrariados por otra probanza de igual o parejo tenor

REMUNERACIÓN DEL EMPLEADO PÚBLICO

Incentivo. Asignación remunerativa.

Corte Suprema de Justicia de la Nación. 25/04/2023

Cello, María Mónica c. EN – M° Seguridad – disp. 268/09 212/10 s/ proceso de conocimiento

Cita online: AR/JUR/47966/2023

Sumario: Los incentivos percibidos en los términos del art. 4º, inc. 2º, de la ley 23.283 deben ser considerados remunerativos, pues ellos fueron percibidos, al menos por una veintena de años, por los agentes de planta permanente del organismo en que se desempeña la actora sin que se hayan llevado a cabo las actividades de capacitación previstas en las leyes 23.283 y 23.412, por el solo hecho de prestar servicios en un organismo alcanzado por los convenios celebrados en el marco de esas normas.

CONTRATO DE TRABAJO EVENTUAL

Requisitos. Instrumentación con expresión precisa y clara de causa. Necesidades extraordinarias y transitorias de la empresa.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 26/06/2023

VELAZQUEZ, MARCOS ENRIQUE c. LA DELICIA FELIPE FORT S.A. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/79598/2023

Sumario: No ha sido demostrado el cumplimiento de la exigencia de instrumentar por escrito los contratos de trabajo con los demandantes con una expresión precisa y clara de la causa que habilite el empleo de la modalidad contractual eventual conforme los arts. 31, 69 y 72 de la ley 24.013.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Daño psiquico. Relación de causalidad con el accidente.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 9/04/2023

CABRAL, PABLO DANIEL c. PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Cita online: AR/JUR/42676/2023

Sumario: Corresponde a la persona que ejerce la medicina pronunciarse sobre la posibilidad científica de vincular una enfermedad con una etiología laboral o extra laboral. Si bien es cierto que quien juzga posee la atribución privativa de establecer la causalidad/concausalidad, también lo es que, para apartarse de valoraciones especializadas, debe encontrar, sólidos argumentos toda vez que se trata de un campo del saber ajeno al pensamiento jurídico. En consecuencia, no encuentro motivos para concluir que la totalidad de los padecimientos en la psiquis del actor se derivan de un hecho ajeno a las repercusiones dañosas que en el plano físico le produjo el accidente, y que le provocó limitaciones físicas permanentes, existiendo relación causal adecuada con la contingencia laboral (art. 386 CPCCN)

ASOCIACIONES PROFESIONALES DE TRABAJADORES

Rechazo de la acción con fundamento en el art. 53 de la LAS

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 26/06/2023

ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO c. UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES s/JUICIO SUMARISIMO

Cita online: AR/JUR/79561/2023

Sumario: Se rechaza la acción fundada en el art. 53 de la LAS, ya que la empleadora tiene derecho a instar un procedimiento interno de investigación sin que éste implique vulnerar los principios protectorios plasmados en la Ley de Asociaciones Sindicales, incluso respecto de trabajadores que poseen tutela formal.

CONTRATO DE TRABAJO

Mobbing. Prueba de los maltratos recibidos por el trabajador

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 19/04/2023

ANDINO MEZA, GUSTAVO DANIEL c. METROVIAS S.A. s/OTROS RECLAMOS

Cita online: AR/JUR/42705/2023

Sumario: De las constancias de la causa resulta debidamente acreditado que el actor padeció una situación de violencia por parte un grupo de empleados, y que aquellos, en connivencia con quien ostentaba un cargo de superior jerarquía, lo sometieron a diferentes formas de violencia laboral que se manifestaron en maltrato verbal, hostigamiento y acoso; todo ello ante la presencia y participación de la empleadora

CONTRATO DE TRABAJO

Trabajadora que presta servicios en una inmobiliaria. Rechazo de la presunción de existencia.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 29/05/2023

Gechelin, Carla Agustina c. Katz, Jorge Silvio s/ Despido

Cita online: AR/JUR/65484/2023

Sumario: La prueba producida en las presentes actuaciones permite desplazar la presunción de laboralidad que cabe hacer jugar en la causa (art. 23 LCT), puesto que, a las escasas notas de implicancia que emergerían de haberse acreditado la participación marginal de la actora en algunas operaciones inmobiliarias, se le oponen elementos de clara autonomía que no se ciñen exclusivamente a la flexibilidad propia de los nuevos sistemas de promoción y venta.

REMUNERACION

Diferencias salariales. Despido indirecto. Nulidad del acuerdo suscripto entre el empresa demandada y Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA). Reducción del 25% del sueldo.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala III. 13/06/2023

OLMOS, JORGE ALEJANDRO c. MINERA SANTA CRUZ S.A. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/77984/2023

Sumario: El trabajador al intimar al pago de las diferencias salariales originadas con motivo de los descuentos ilegítimos efectuados sobre su salario normal y habitual desde el mes de septiembre de 2020, sin resultado satisfactorio, devino ajustada a derecho la decisión de ponerle fin al vínculo, por ello resultan procedentes las diferencias salariales y las indemnizaciones derivadas del despido.

OBRAS SOCIALES

Incumplimiento contractual. Falta de autorización de intervención quirúrgica. Daño moral. Rechazo del daño punitivo.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, sala III. 10/11/2022

P., F. c. Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación s/ daños y perjuicios

Cita online: AR/JUR/160474/2022

Sumario: Es procedente la indemnización del daño moral, ya que está fuera de duda la angustia e incertidumbre que generó la situación de autos en el accionante, quien se vio obligado a iniciar un reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud y posteriormente acciones judiciales con el fin de lograr la realización de la intervención quirúrgica prescripta.

INTERESES

Computo de los intereses en un accidente de trabajo. Ley aplicable

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 18/04/2023

AGUIRRE, FERNANDO GABRIEL c. GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Cita online: AR/JUR/41305/2023

Sumario: El artículo 11 de la ley 27.348, que sustituyó al artículo 12 de la ley 24.557, prevé expresamente que desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará intereses. Ambas previsiones resultan armónicas con la pauta general que prescribe el artículo 1.748 del Código Civil y Comercial de la Nación norma que, por otra parte, consagra expresamente a partir de su vigencia (01/08/2015) un sistema único para el cómputo de intereses, al establecer que los accesorios corren a partir de la producción del daño

PROCEDIMIENTO LABORAL

Intervención de terceros.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 08/06/2023

ACOSTA LILIANA ALEJANDRA c. EDESUR S.A. Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/70503/2023

Sumario: El fundamento de la intervención de terceros finca en garantizar el derecho de defensa en juicio de quien podría verse alcanzado por una acción regresiva, a la par que se vincula a la imposibilidad de oponer una exceptio malli processus y tiene como finalidad que la sentencia a dictarse pueda ser oponible en un eventual proceso ulterior.

PAGO DE REMUNERACIONES

La obligación de efectuar el pago de haberes a través de cuentas bancarias dispuesta en la res. 360/2001 MTEFRH, no es prohibitiva de otras modalidades. Validez del pago a través de cheques al portador.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 31/05/2023

Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social c. Silos Areneros Buenos Aires SAC s/ Queja. Expte administrat.

Cita online: AR/JUR/65931/2023

Sumario: Si bien la res. 360/2001 del MTEFRH dispone que la extensión de la modalidad de pago a través de cuentas bancarias abiertas a nombre de cada trabajador es obligatoria, lo cierto es que dicha norma no puede ser interpretada como derogatoria o modificatoria del art. 124 de la LCT, pues no solo constituye una norma de jerarquía superior, sino que, además, la misma resolución se subordina expresamente a la mencionada norma al ser dictada en uso de las facultades allí conferidas. Por lo tanto la modalidad escogida para el pago de las remuneraciones a través de cheques al portador no puede considerarse prohibida o derogada, y corresponde revocar la multa aplicada por el incumplimiento a lo dispuesto en la resolución ministerial.

INTERESES

Contrato de trabajo. Tasa de interés

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 18/04/2023

CALVO, GABRIELA LAURA c. VOROBECHIK, GUSTAVO MARTIN Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/41319/2023

Sumario: Se dispone que el capital de condena lleve intereses desde que cada suma fue debida (punto de inicio que llega firme a esta Alzada) hasta su efectivo pago, de conformidad con las tasas de las Actas Nro. 2601/14, 2630/16 y 2658/17, con capitalización anual desde la fecha de la primera notificación del traslado de la demanda. Lo que se decide, no constituye obstáculo para el ejercicio, por la jueza de primera instancia, de la facultad que concede a la judicatura el art. 771 del CCCN para el caso conjetural que la suma que arroje la liquidación a realizarse en la etapa del art.132 de la ley 18.345 llegare a ser desproporcionada.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Aplicación del art 12 de la ley 24.557, según texto de la reforma introducida por el artículo 1° del DNU 669/2019.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 19/04/2023

DUARTE, MARCELO DAMIAN c. PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/42699/2023

Sumario: El recurso de la parte actora por el cual se objeta, en sustancia, la cuantificación del capital de condena y los intereses, tendrá recepción por mi intermedio, ya que, atendiendo a la fecha de ocurrencia del accidente (16.07.2020), debió aplicarse la normativa que en ese entonces estaba vigente, o sea, el artículo 12 de la ley 24.557, según texto de la reforma introducida por el artículo 1° del DNU 669/2019.

CONTRATO DE TRABAJO

Intereses. Cómputo de intereses

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 18/04/2023

CALVET, JORGELINA c. GROUP FITNESS REVOLUTION S.A. Y OTRO s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/41327/2023

Sumario: Se dispone que el capital de condena lleve intereses desde que cada suma es debida hasta su efectivo pago, de conformidad con las tasas de las Actas 2601/14, 2630/16 y 2658/17, con capitalización anual.

CONFLICTO SINDICAL

Medida de fuerza. Suspensión de una trabajadora

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 24/05/2023

Metrovías S.A. c. Córdoba, Rocío Belén s/ juicio sumarisimo

Cita online: AR/JUR/64676/2023

Sumario: Resulta irrelevante determinar quién tiene la titularidad del derecho de declarar una medida de acción directa en el marco de un conflicto gremial, más allá de aclarar que quienes ejercen esa acción son los trabajadores y trabajadoras afectados

HONORARIOS DEL ABOGADO

Pautas para su regulación. Calidad y mérito de la labor.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 28/06/2023

Benítez, Elio Martín c. C Planet S.A. y otro s/ despido

Cita online: AR/JUR/81807/2023

Sumario: Atendiendo a la naturaleza, calidad y mérito de la labor llevada a cabo por la representación letrada de la parte actora tendiente a obtener la satisfacción de los créditos reconocidos en autos y pautas arancelarias de aplicación; la regulación cuestionada no luce baja y, en consecuencia, se propicia su confirmación.

SEGURO DE DESEMPLEO

Inconstitucionalidad del tope en la asignación. Omisión del Poder Ejecutivo en la actualización de la suma.

Corte Suprema de Justicia de la Nación. 25/04/2023

Patterer, Susana Alicia c. Estado Nacional s/ Amparo

Cita online: AR/JUR/46965/2023

Sumario: La omisión de la administración de actualizar los valores para la asignación por desempleo establecidos en el decreto 267/2006 llevó a convertir en irrisoria e inequitativa la asignación que le correspondía a la actora y desnaturalizó de esta forma el mecanismo de protección social, frustrando el derecho que cuenta con sustento en la Constitución Nacional y en la normativa internacional sobre derechos humanos. No resulta objetable y corresponde confirmar la decisión que declaró la inconstitucionalidad de la norma.

PROCEDIMIENTO LABORAL

Rebeldía. – Efectos

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 17/05/2023

CONDORI, HUMBERTO RODOLFO c. LOGISLIMP S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/60970/2023

Sumario: La situación de rebeldía procesal en la que quedaron incursas las demandadas (cfr. art. 71 de la L.O.) arriba firme y consentida a esta alzada (dado que la resolución que las tuvo por rebeldes no ha sido objeto de remedio procesal alguno oportunamente), por lo que los argumentos que ahora esgrimen en sus escritos recursivos devienen claramente extemporáneos a esta altura del proceso, en tanto las accionadas consintieron lo decidido en grado sin efectuar cuestionamiento alguno en el momento procesal oportuno. Por ello, los planteos efectuados ante esta alzada no son más que un mero intento de reeditar una cuestión que ha quedado alcanzada por el principio de preclusión procesal (cfr. art. 53 de la L.O.).

INCAPACIDAD LABORAL

Falta de prueba de secuelas invalidantes en nexo de causalidad

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 05/06/2023

DUARTE, JORGE ARIEL c. GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/69137/2023

Sumario: Se rechaza la demandada entablada al considerar que no resultó demostrado en la contienda que el actor fuese portador una minusvalía laborativa resarcible derivada del accidente que motivó el inicio de las actuaciones, ya que en la pericia médica no se constató en el trabajador la presencia de secuelas invalidantes en nexo de causalidad y resarcibles se fundamentaron en los antecedentes del caso, examen físico practicado al trabajador y estudios complementarios efectuados.

PERSONAL CONTRATADO DEL ESTADO

Desvío de poder. Protección contra el despido arbitrario.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala I. 18/04/2023

LOPEZ, ALEJANDRA ADRIANA c. ESTADO NACIONAL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS s/EMPLEO PUBLICO

Cita online: AR/JUR/42376/2023

Sumario: El prolongado tiempo durante el cual la actora prestó los servicios referidos —25 años y 9 meses— comporta un dato fáctico decisivo como para hacer suponer una desviación de poder en la autoridad administrativa, que tiende a mantener al agente en una situación de inestabilidad mientras ejerce funciones, burlando así la garantía contenida en el artículo 14 de la Constitución Nacional. Corresponde, pues, reconocer a la actora el derecho a percibir la indemnización prevista en el artículo 11, quinto párrafo, de la ley marco de regulación del empleo público nacional 25.164.

EMPLEO PÚBLICO

Licencia por enfermedad de largo tratamiento. Derecho de descanso y vacaciones pagas. Alcances.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala II. 05/04/2023

MEANA ALCONADA, MARIA LUCIA TERESITA c. EN-PJN-CONSEJO DE LA MAGISTRATURA s/EMPLEO PUBLICO

Cita online: AR/JUR/35250/2023

Sumario: Si la persona durante un lapso más o menos extenso, incluso de un año o aún más, no cumplió con el desempeño del cargo de que se trate, se va relativizando o susceptible de ceder la razón de ser de acceder al goce de vacaciones por tales períodos, siendo de competencia del órgano con facultades de reglamentación, modular el modo en que regule en detalle la cuestión.

ENFERMEDAD LABORAL

Rechazo del reclamo contra la ART. Denuncia efectuada a la aseguradora cuya cobertura no se encontraba vigente. Falta de prueba de las realización de tareas durante la vigencia de la cobertura.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IX. 12/05/2023

HENRIQUEZ, JUAN DE DIOS c. OMINT ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/57158/2023

Sumario: Teniendo en cuenta que no se produjo prueba que vinculara las tareas realizadas por el trabajador para la empleadora durante el periodo que, razonable y específicamente, interesa a este reclamo, la intimación que el dependiente le hizo a la ART codemandada carece de eficacia para establecer la responsabilidad de una aseguradora que según el propio reclamante en la demanda reconoce que estaba fuera del periodo por el cual reclama y a la cual no podría por vía indirecta -aun ponderando la existencia de la denuncia realizada- proyectarse los efectos de esa denuncia respecto a la otra aseguradora cuya cobertura se encontraba vigente en el referido período.

IUS VARIANDI

Alcances. Modificación del contenido de la prestación de trabajo. Impacto en la órbita moral del reclamante.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 12/05/2023

SCASSO, MARCELA c. NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. s/JUICIO SUMARISIMO

Cita online: AR/JUR/57296/2023

Sumario: Teniendo en cuenta la antigüedad de la actora en la empresa, así como su carrera o historia laboral, se estima que el apartamiento de sus funciones de subgerente para prestar tareas de asesoramiento, aun cuando se mantengan las demás condiciones de servicio —lugar, jornada, categoría y remuneración—, impacta negativamente en la órbita moral de la reclamante.

CRÉDITO LABORAL

Intereses. Cómputo desde la fecha en la que ocurre la contingencia. Procedencia de la capitalización. Constitucionalidad del art. art. 770 –inciso b)- del Código Civil y Comercial de la Nación.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 08/05/2023

LABONIA, ENRIQUE MARIO c. GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/53273/2023

Sumario: La aplicación de intereses persigue el objetivo de mantener la integridad del crédito –en el caso, de naturaleza alimentaria y derivado de daños a la integridad física-, por lo que el punto de partida del cómputo de intereses debe ser coincidente con la fecha en la que se estableció el valor histórico de la deuda, a efectos de evitar que el transcurso del tiempo convierta al crédito en irrisorio y en tanto que, el mecanismo de aplicación de intereses no debe generar perjuicio ni menoscabo patrimonial alguno, sino justamente evitar el deterioro del crédito reconocido, a fin de garantizar la integridad del crédito laboral.

ACCIÓN CIVIL

Trabajador que perdió la vida tras un hecho delictivo. Falta de prueba de la intervención de una cosa riesgosa o viciosa de propiedad o guarda del empleador o que la actividad prestada fuera peligrosa. Rechazo del pedido de la ART de la condena solidaria del empleador. Procedencia la multa reclamada con fundamento en el art. 1 de la ley 25323. INTERESES. Capitalización.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 09/05/2023

IRUNGARAY, MARIA ROSANA c. BAGGIO, JUAN PABLO Y OTROS s/ACCIDENTE – ACCION CIVIL

Cita online: AR/JUR/55875/2023

Sumario: El reclamo fundado en el art. 1113 del Código Civil no resulta viable por cuanto las constancias obrantes en la causa resultan insuficientes para demostrar que el día de los acontecimientos que culminaron con la muerte del trabajador, éste hubiera retirado dinero de una financiera siendo ese el motivo del asalto y posterior deceso y tampoco surge de la causa que la actividad prestada por el dependiente para su empleador fuera riesgosa o peligrosa.

JUBILACIÓN

Pedido de cese de descuento de impuesto a las ganancias. Agente de retención. Legitimación pasiva. Alcances.

Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. 21/06/2023

Aguirre, Félix Alberto c. Adm. Federal de Ingresos Públicos AFIP y otro s/ Medida cautelar

Cita online: AR/JUR/77267/2023

Sumario: La decisión cautelar de abstenerse de liquidar o retener el impuesto a las ganancias sobre la jubilación del actor no provoca perjuicio que pueda ser invocado por el organismo apelante —agente de retención—, quien carece de interés en la procedencia del tributo. Se trata en rigor de un agravio de tercero con el cual no tiene representación ni interés personal atendible. Máxime si la codemandada AFIP consintió la cautelar al no interponer recurso en su contra.

INTERVENCION DE TERCEROS EN EL PROCESO

Rechazo de la citación.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 08/06/2023

BENITEZ GIMENEZ, LEONARDO EZEQUIEL c. HUNTER SECURITY SA s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/71743/2023

Sumario: Se desestima el pedido de citación de tercero peticionada, ya que quien solicita la citación tiene la carga de traer los elementos necesarios para hacerla factible, realizando los trámites adecuados para su viabilidad y cumplimentando el correspondiente pedido con los requisitos propios de una demanda

NOTIFICACIÓN

Conocimiento del acto impugnado. Validez.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 07/06/2023

Landaburu, Martín Ángel c. San Juan del Mirasol SA y otro s/ Despido

Cita online: AR/JUR/70372/2023

Sumario: Es válida la notificación del traslado de la demanda al domicilio fiscal, ya que se advierte altamente inverosímil que la empresa no tuviera conocimiento de la existencia del presente pleito, sino hasta 2022, como se denuncia, fundamentalmente en atención las constancias de lo actuado ante el SECLO, a la existencia del vínculo familiar habido entre las partes —denunciado por la propia nulidicente— y los movimientos procesales del expediente comercial en el que tramita el concurso.

SINDICATO

Rechazo del planteo de nulidad de las actuaciones administrativas

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IX. 06/06/2023

MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL c. UNION DE PRENSA DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (UTPBA) Y OTROS s/LEY DE ASOC.SINDICALES

Cita online: AR/JUR/68852/2023

Sumario: Se rechaza el planteo de nulidad de las actuaciones administrativas, ya que la sola compulsa de lo actuado pone en evidencia que ha sido respetada la debida bilateralidad en el trámite de la actuación, que se ha conferido a la entidad debida intervención y participación, se atendió su petición tendiente a obtener prórroga para la exhibición de la documentación requerida, disponiéndose la reprogramación de la audiencia de cotejo, y la valoración que se efectuó respecto de los instrumentos acompañados –sobre cuyas falencias no deduce negativa la quejosa, sino que limita sus agravios a justificar los motivos por los que no cuenta con los registros debidamente llevados-.

CREDITO LABORAL

Actualización del crédito laboral. Intereses.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 07/06/2023

PINTOS, AMELIA VIVIANA c. OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/69708/2023

Sumario: Si bien estimo aplicable al caso lo establecido en el acuerdo general del 7 de septiembre de 2022 y que se plasmó en el Acta Nro. 2764, también considero justo y equitativo establecer, en función de las facultades jurisdiccionales conferidas en el art. 771 del Código Civil y Comercial, una pauta de referencia objetiva, equivalente a la suma que resulte del capital histórico actualizado por el índice de precios al consumidor (IPC), con más una tasa de interés pura del 6% anual, para el supuesto en el que la suma resultante de la aplicación del criterio sentado en el Acta Nro. 2764 luzca desproporcionada, motivo por el cual he de propiciar que se confirme la sentencia apelada con la salvedad apuntada, esto es, que se establezca como límite máximo la antedicha pauta objetiva -capital histórico actualizado por el índice de precios al consumidor (IPC), con más una tasa de interés pura del 6% anual-, conforme a las facultades regladas en el citado art. 771.

RETIRO POR INVALIDEZ

Requisitos. Protección de la subsistencia y de la ancianidad.

Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, sala B. 16/05/2023

Olmos, Mariela del Valle c. ANSeS s/ Amparo Ley 16.986

Cita online: AR/JUR/65816/2023

Sumario: No puede exigirse el cumplimiento de otro requisito a aquella persona cuya incapacidad repentina le impidió seguir trabajando y no surge de las constancias de la causa que ANSeS haya llevado a cabo las medidas necesarias para dar cumplimiento a la exigencia de la notificación que prevé el dec. 300/1997.

NOTIFICACIÓN

Conocimiento del acto impugnado. Validez.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 07/06/2023

Landaburu, Martín Ángel c. San Juan del Mirasol SA y otro s/ Despido

Cita online: AR/JUR/70372/2023

Sumario: Es válida la notificación del traslado de la demanda al domicilio fiscal, ya que se advierte altamente inverosímil que la empresa no tuviera conocimiento de la existencia del presente pleito, sino hasta 2022, como se denuncia, fundamentalmente en atención las constancias de lo actuado ante el SECLO, a la existencia del vínculo familiar habido entre las partes —denunciado por la propia nulidicente— y los movimientos procesales del expediente comercial en el que tramita el concurso.

EMPLEO NO REGISTRADO

Falta de registración de las altas tempranas de trabajadores. Decisión que aplicó solo multa y eximió de la clausura del establecimiento. Reforma de la ley 27.430. Alcances.

Cámara Federal de Mar del Plata. 22/05/2023

D. J. T.S.A. s/ Infracción ley 11.683

Cita online: AR/JUR/68681/2023

Sumario: Asiste razón al Fisco recurrente, pues la impronta dada por el legislador a la reforma de la ley 11.683 otorga mayor énfasis al empleo no registrado, por cuanto la ley 27.430 agregó al art. 40 el inc. g), que pune a los empleadores que no registraren a sus trabajadores. Dicha política criminal se refuerza fijando, además de la clausura, la sanción de multa para este supuesto, pues la ley es clara. De lo contrario habría previsto la posibilidad de que el intérprete de la ley pudiera eximir y reducir las sanciones establecidas para supuestos como el de la falta de registración de las altas tempranas de trabajadores, cuando —por el contrario— eliminó la norma que otorgaba dicha posibilidad.

ENFERMEDAD PROFESIONAL

Eximición de responsasilidad del empleador. INDEMNIZACIÓN TARIFADA. Inclusión del daño moral en la indemnización total.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 05/05/2023

VELAZQUEZ VILAR, FABRICIO EMANUEL c. CENCOSUD S.A.. Y OTRO s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/51509/2023

Sumario: Corresponde el rechazo de la demanda por enfermedad profesional promovida contra el empleador, pues en el diseño de la ley 24.557 y conforme a lo previsto en el art. 1º del decreto Nro. 334/96, la obligación de resarcir está bajo exclusivo cargo de la aseguradora de riesgos del trabajo y tal plexo legal diseña un sistema en el que el empleador queda exonerado de responsabilidad -, en tanto que aquellos son compelidos a contratar a una aseguradora de riesgos del trabajo -cfr. art. 3º, ley 24.557-, sobre la que pesan exclusivamente las obligaciones -cfr. arts. 26,31 y concordantes de la L.R.T.-

INTERESES

Suspensión del curso de los intereses por declaración de quiebra. Excepción cuando se trata de un crédito laboral.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 05/05/2023

VILLANUEVA, ALEJANDRO DAMIAN c. ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/51506/2023

Sumario: Las objeciones efectuadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, como administradora legal del Fondo de Reserva de la LRT, respecto de la fecha de corte de los intereses, son improcedentes, pues de la reforma a los arts. 19 y 129 L.C.Q. por la ley 26.684, incorporó una excepción al régimen de suspensión de los réditos devengados por los créditos laborales, siendo el objetivo primordial de tal reforma la protección integral del trabajador.

PRINCIPIO DE GRATUIDAD

Procedimiento laboral. Alcances.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 17/05/2023

Maureira, Claudio Andrés c. Navarro, Julia Raquel s/ despido

Cita online: AR/JUR/59520/2023

Sumario: Las argumentaciones vertidas en orden al beneficio de gratuidad en favor del trabajador, no resultan audibles, porque si bien el art. 20 de la LCT establece que los trabajadores gozan del referido beneficio a fin de evitar que la carencia de medios económicos pueda constituir un impedimento para el acceso a la jurisdicción, lo cierto es que la norma no exime del pago de las costas y sólo prevé la exclusión de la vivienda —que no podría ser afectada a tal fin—, a lo que se suma que, en el caso, no hay constancias que demuestren que se hubiese otorgado un “beneficio de litigar sin gastos”.

TUTELA SINDICAL

Representante gremial. Despido. Ausencia de procedimiento de exclusión. Ilegitimidad. Reinstalación.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 12/05/2023

Vega, Alejandro Sebastián c. Jockey Club A.C. s/ juicio sumarísimo

Cita online: AR/JUR/57130/2023

Sumario: Fue ilegítimo el despido de la empleadora durante la vigencia del mandato gremial del actor, que sin recurrir al procedimiento de exclusión de tutela decidió un despido por supuesto abandono e implicó una conducta violatoria de la garantía de estabilidad establecida por los arts. 48 y 52 de la LAS.

REMUNERACIÓN DEL EMPLEADO PÚBLICO

Incentivo. Asignación remunerativa.

Corte Suprema de Justicia de la Nación. 25/04/2023

Cello, María Mónica c. EN – M° Seguridad – disp. 268/09 212/10 s/ proceso de conocimiento

Cita online: AR/JUR/47966/2023

Sumario: Los incentivos percibidos en los términos del art. 4º, inc. 2º, de la ley 23.283 deben ser considerados remunerativos, pues ellos fueron percibidos, al menos por una veintena de años, por los agentes de planta permanente del organismo en que se desempeña la actora sin que se hayan llevado a cabo las actividades de capacitación previstas en las leyes 23.283 y 23.412, por el solo hecho de prestar servicios en un organismo alcanzado por los convenios celebrados en el marco de esas normas.

CONTRATO DE TRABAJO

Estado avanzado de tratativas. Retractación. Buena fe. Daños. Disidencia parcial.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala A. 27/04/2023

GORODNER, JULIETA LUCIANA c. EMPRENDEDORES URBANOS SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Cita online: AR/JUR/48136/2023

Sumario: Se celebró un contrato de trabajo entre la demandante y la sociedad emplazada. Por lo tanto, al impedir la incorporación de la actora a su puesto laboral, la demandada incurrió en un incumplimiento de los términos del acuerdo, que comprometió su responsabilidad desde el plano obligacional.

CONTRATO DE TRABAJO

Conjunto económico. Rechazo.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 29/03/2023

Rainoldi, Leonardo Javier c. Colegio Juan Bautista Alberdi S.A.E. y otros s/ Despido

Cita online: AR/JUR/22470/2023

Sumario: Las entidades educativas no ostentaron el carácter de empleadores —como pretende el actor—, sino de clientes, y entre las cuales la única vinculación que existe es que forman parte del sistema pedagógico y que se trata de un sistema alternativo para la educación en el mundo y que abarca distintos niveles, no conformando un conjunto económico en los términos del art. 31 LCT, como pretende el actor. Cabe agregar que las empresas desarrollan una actividad comercial distinta a la del actor y ello torna razonable pensar que pudieron haber requerido sus servicios —ya que no son empresarios de la misma actividad relacionada con la naturaleza de dicha prestación— en el marco de una vinculación de carácter civil que escapa al ámbito de aplicación propio del derecho del trabajo.

DESPIDO INDIRECTO

Incapacidad laboral. Obligaciones del empleador. Aplicación del art. 1113 del Cód. Civil.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 02/02/2023

Leiva, Alfredo Santos c. Dispaper SRL y otros s/ despido

Cita online: AR/JUR/956/2023

Sumario: De conformidad con lo normado por el art. 212, primer párrafo, de la LCT, ante una disminución permanente y parcial de la capacidad del trabajador, la obligación principal del empleador consiste en reasignar las funciones que aquel habrá de cumplir, puesto que la finalidad de la norma es la continuidad de la relación laboral.

ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Obligaciones.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala C. 24/05/2023

Superintendencia de Riesgos del Trabajo c. Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo s/ Organismos externos

Cita online: AR/JUR/65812/2023

Sumario: Una aseguradora de riesgos del trabajo, desde el inicio del contrato, debe interiorizarse de la situación del afiliado, en cuanto a los factores de riesgos en los lugares de trabajo, como también realizar permanentes tareas de prevención en los establecimientos laborales y cumplir con el deber de poner en conocimiento de tales menesteres a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

ABANDONO DE TRABAJO

Inasistencias injustificadas. Legitimidad.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 05/05/2023

Lema Rial, Gonzalo Ezequiel c. Cirugía Endovascular S.A. s/ despido

Cita online: AR/JUR/51544/2023

Sumario: Reconocidas las inasistencias por el accionante, correspondía a éste acreditar los justificativos alegados, en el caso, las dolencias que le impidieron asistir a su lugar de trabajo.

DESPIDO POR JUSTA CAUSA

Requisitos. Demostración de un último hecho injurioso. Inmediatez. Ilegitimidad.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 02/05/2023

Pirotti, Leonardo Martín c. Cromosol S.A. Ind. Comercial Financiera e Inmobiliaria s/ despido

Cita online: AR/JUR/49505/2023

Sumario: Las faltas anteriores que pudo haber cometido el actor —las cuales tampoco han sido fehacientemente demostradas— no pueden servir de apoyo a un despido si, como en el caso, no se demostró la existencia de un último hecho injurioso que pueda ser utilizado como causa inmediata y directa de la decisión. Mientras el hecho detonante no se verifique, los antecedentes no pueden ser analizados porque, pretender hacerlos, prevalecer afectaría el criterio secuencial y de razonabilidad que debe existir entre el despliegue de la injuria y la sanción.

COMPETENCIA

Trabajadores del Estado Nacional. Competencia de la Justicia Contencioso Administrativo Federal.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 16/03/2023

Rampoldi, Osvaldo Hugo y otros c. Estado Nacional – Dirección Nacional de Migraciones s/ Diferencias de salarios

Cita online: AR/JUR/20090/2023

Sumario: Resulta competente la justicia en lo contencioso administrativo federal para resolver el reclamo de los actores quienes prestan servicios para el Estado Nacional (Dirección Nacional de Migraciones), ya que las relaciones de naturaleza pública se encuentran reguladas por normas que gobiernan el empleo público y no por las que rigen el contrato de trabajo privado (cfr. art. 2º, inc. a, de la Ley de Contrato de Trabajo).

RECURSO EXTRAORDINARIO

Rechazo del remedio procesal. Ausencia de arbitrariedad y gravedad institucional. Cuestiones no federales. Causa laboral.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 11/04/2023

ORMACHEA, GUILLERMO GASTON c. CONSORCIO DE PROPIETARIOS AVENIDA BOYACA 1853 s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/37680/2023

Sumario: El planteo de arbitrariedad debe ser rechazado. Soslaya la presentante que la decisión adoptada halla su fundamento en la valoración de las constancias efectivamente agregadas al expediente y en la consecuente interpretación y aplicación de las normas que rigen la materia, aspectos que constituyen una función privativa de los jueces de la causa. La elaboración en estudio revela, en síntesis, una mera discrepancia con el temperamento seguido por el tribunal de juicio.

MOVILIDAD JUBILATORIA

Beneficiario previsional. Regresividad. Medida precautoria. Suspensión de la aplicación de los arts. 39, 41 y 42 de la ley 15.008 de Buenos Aires.

Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. 14/03/2023

Asociación Bancaria c. Provincia de Bs. As. s/ Inconst. Ley 15.008

Cita online: AR/JUR/20069/2023

Sumario: Desde la vigencia de la ley 15.008 de Buenos Aires hasta la actualidad la movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires —que ya no se calcula de acuerdo con variables propias de la remuneración relativa al cargo base— ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso, proyectando impactos negativos que mellan la legítima situación subjetiva de quien accediera válidamente al goce de un ingreso proporcional y sustitutivo en comparación con lo que sería el haber en actividad. Lo que, de resultas de una lectura preliminar de su art. 41, en su faz estática y a los fines de una protección preventiva, pudo haber sido no tan concluyentemente ofensivo para los derechos de los pasivos, al cobrar dinamismo sus efectos y dada su implementación por la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, ha pasado a ser fuente verosímil de regresividad.

CERTIFICADO DE TRABAJO

Requisistos del certificado de trabajo

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 16/03/2023

Fidalgo, Micaela Sol c. FRAVEGA S.A. C.I. E. I. s/ Despido

Cita online: AR/JUR/20101/2023

Sumario: El artículo 80 de la L.C.T., es claro al disponer que es obligación del empleador entregar al momento de extinguirse la relación laboral, dos certificados. Uno, conteniendo constancia documentada del ingreso de los fondos de la seguridad social (apartado segundo). Otro, con las indicaciones sobre el tiempo de prestación de servicios, naturaleza de éstos, constancia de los sueldos percibidos y de los aportes y contribuciones efectuados con destino a los organismos de la seguridad social (apartado tercero).

DESPIDO

Falta de asignación de tareas acordes al nuevo estado físico del trabajador. Ausencia de justificación.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 24/02/2023

Duarte, Juan Carlos c. Farmográfica S.A. s/ despido

Cita online: AR/JUR/9267/2023

Sumario: La supuesta imposibilidad de otorgar tareas livianas y en horario reducido no fue debidamente acreditado. Más allá de los testimonios vertidos por los testigos de la parte demandada, lo que debe demostrarse en estos casos no es la imposibilidad de otorgar tareas compatibles al estado de salud del accionante en base a la mayor dificultad en la dación de estas tareas dentro de un establecimiento, sino la imposibilidad cierta por causas que no le fueran imputables.

CONTRATO DE TRABAJO

Ley aplicable. CCT 692/05 “E”

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 14/03/2023

Lang, Pablo José Manuel c. Bureau Veritas Argentina S.A. y otro s/ despido

Cita online: AR/JUR/18890/2023

Sumario: Resulta procedente el reclamo respecto del encuadre convencional del trabajador, ya que no se discute en el sublite que la demandada es quien celebró el CCT 692/05 “E” con la Asociación de Profesionales Universitarios del agua y la energía (APUA y E) aplicada a su personal de planta) y que en el artículo 3° estableció claramente que dichas disposiciones regirían “…dentro del ámbito de Nucleoeléctrica Argentina SA, afectados a cualquiera de las siguientes etapas: Producción, Explotación Comercial o indistintamente a sus servicios auxiliares de Obras, Estudios y Proyectos, manuales, técnicos y/o administrativos y los que en el futuro se incorporen a la misma, previéndose como obligatorio el cumplimiento integral de este Convenio en todo el ámbito del Territorio nacional”; aclarando que “…consecuentemente con lo expresado en el párrafo anterior, el presente instrumento convencional, regirá a todo el personal Permanente, Transitorio y Contratado que preste servicios en la Empresa prestataria del Servicio de Interés General de Nucleoeléctrica en función de las necesidades del servicio, interpretándose inclusive como tales, aquellas que hagan a su perfeccionamiento y capacitación”.

DESPIDO POR JUSTA CAUSA

Consumo de mercadería de propiedad de la empresa. Malos tratos al personal. Falta de acompañamiento de manual de procedimiento. Ausencia de gravedad. Ilegitimidad.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 22/02/2023

Chacón, Mónica Graciela c. Nai International II Inc Suc. Argentina s/ despido

Cita online: AR/JUR/8118/2023

Sumario: Los hechos imputados no se presentan como suficientemente graves para habilitar la denuncia contractual, en tanto que tales hechos consisten en el consumo, por parte de la actora y en dos oportunidades, de un total de cinco jugos de naranja —que compartió con las otras dos gerentes que no fueron sancionadas— y un sándwich de propiedad de la empresa, lo cual, no presenta la gravedad que exige el art. 242 de la LCT para la configuración de la injuria que justifica el despido, la cual debe asumir una magnitud suficiente para desplazar del primer plano el principio de conservación del contrato, es decir, revestir una entidad tal que destruya el principio de disciplina.

RECLAMO DEL HABER PREVISIONALHaberes no percibidos. Caducidad del reclamo administrativo. Acción resarcitoria por obrar ilícito de la Administración supeditada a la nulidad de los actos administrativos. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala IV. 28/03/2023DARCO, PASCUAL c. EN-ANSES s/DAÑOS Y PERJUICIOSCita online: AR/JUR/21935/2023Sumario: Teniendo en cuenta que se encuentra caduca la impugnación, circunstancia que evidencia la improponibilidad formal de la pretensión resarcitoria objeto de la demanda —por el obrar ilícito de la Administración—, más allá de lo establecido en el art. 32, inc. d, de la ley 24.463 SOLIDARIDAD LABORALActividad normal y específica del establecimiento. Procedencia.Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 23/02/2023Donath, Paula c. YPF S.A. y otro s/ despidoCita online: AR/JUR/8575/2023Sumario: La actividad de sistemas informáticos o soporte técnico concedida a la codemandada por la principal constituye parte de su actividad normal y específica, y en consecuencia la tarea desempeñada por la actora hacía al logro de la actividad de la primera. DESPIDO DIRECTODocente que zamarreó a una alumna. Falta de sustanciación de sumario administrativo previo. Rechazo.Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 17/02/2023A. F., V. c. Lomas de Núñez Upper School SRL s/ despidoCita online: AR/JUR/7548/2023Sumario: Se debe declarar improcedente el despido directo de una maestra que zamarreó a una alumna, pues si bien el maltrato a una niña menor de edad constituye una inconducta de la docente, de gravedad suficiente como para impedir la continuidad de la relación laboral, la demandada incumplió con el recaudo formal del sumario administrativo previo que exige el art. 13 de la ley 13.047. ACCIDENTE DE TRABAJODaño psíquico. Relación de causalidad. Trabajadora embarazada. Temor a la pérdida del bebé.Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI. 17/02/2023Barbosa, Brenda Daiana c. Reconquista ART S.A. s/ accidente – ley especialCita online: AR/JUR/7489/2023Sumario: La ART accionada debe responder, ya que la existencia del accidente de trabajo acaecido ha quedado reconocida por la demandada y resulta determinante el hecho de que la actora, al momento de sufrirlo, se encontrara embarazada. En adición, en atención a la mecánica del accidente sufrido, la accionante pudo sufrir un intenso y fundado temor a la pérdida de su bebe. RELACIÓN DE TRABAJOPrestación de servicios. Presunción de existencia. Ejercicio de profesión liberal.Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 16/02/2023Herrero, Silvia Zulema c. Inc. S.A. s/ despidoCita online: AR/JUR/6138/2023Sumario: El ejercicio de una profesión liberal llega a constituir un verdadero contrato de trabajo cuando se desarrolla como función de colaboración permanente, con vínculo continuado y evidente jerarquización, obligándose al profesional a acatar y cumplir las órdenes del empleador, aunque no exista dependencia técnica, y sin tener relevancia el hecho de calificar de «honorarios» a las periódicas entregas de dinero efectuadas por el principal. RIESGOS DEL TRABAJOEnfermedad profesional. Resolución de la Comisión Médica Central. Estudios complementarios. Inexistencia de afección. Rechazo.Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 16/02/2023Luna, Sabrina Natalia c. Provincia ART S.A. s/ recurso decisión comisión médica centralCita online: AR/JUR/6158/2023Sumario: La trabajadora se limita a cuestionar la decisión de la Comisión Médica Central sin arrimar elementos de valor y consideración que logren enervar lo decidido, pues en lo principal disiente con las conclusiones de la resolución que considera equivocada sin refutar las mismas con fundamentos científicos o técnicos de rigor. ABANDONO DE TRABAJOComunicación de enfermedad y justificación de asistencias. Improcedencia.Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 16/02/2023Oviedo, Analía Vanessa c. Aseo Argentina S.A. s/ despidoCita online: AR/JUR/6197/2023Sumario: La extinción por la motivación de abandono de trabajo requiere para su legitimidad que se evidencie la intencionalidad del trabajador o trabajadora; es decir que su ánimo sea el de no reintegrarse al empleo. Ello no sucedió en el caso, pues, la actora comunicó a la empleadora la imposibilidad de concurrir a prestar tareas en principio justificada en una situación de “enfermedad”.TRABAJADOR A ÓRDENES

Pesquero. Partes que dejan de cumplir con sus obligaciones laborales. Efectos.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 15/02/2023

ESCALANTE, JAVIER ALEJANDRO c. CONARPESA CONTINENTAL ARMADORES DE PESCA S.A. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/6045/2023

Sumario: Si ambas partes —empleador y empleado— dejaron de cumplir con sus débitos durante más de seis meses —el empleado recién requirió el pago de la retribución especial “a órdenes” en 12/2014, sin siquiera ofrecer trabajar— es una señal concluyente e inequívoca de que, en un indeterminado momento posterior a 06/2014, decidieron tácitamente abandonar la relación laboral; el vínculo, por ende, se extinguió en los términos del art. 241 in fine de la LCT. La intimación cursada por el actor el 29/12/2014 se produjo cuando el contrato ya había fenecido, razón por la cual, la falta de respuesta de la entidad demandada a ese requerimiento en modo alguno activó la presunción del art. 57 de la LCT.

DESPIDO ARBITRARIO

Enfermedad. Carácter recepticio de las comunicaciones. Buena fe. Principio de congruencia.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 15/02/2023

CREVANI, MARIA SOL c. COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACIÓN S.A. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/5906/2023

Sumario: La empresa abdicó de la facultad de control de la enfermedad y simplemente decidió el despido sin causa. Ello justamente es lo que determina el carácter arbitrario del mismo, siendo irrelevante a dichos efectos demostrar la existencia o no de enfermedad, a excepción de la operatividad de la norma del art. 213 y en función de la prueba producida.

CONTRATO DE TRABAJO

Indemnización del art. 2 de la ley 25.323.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 08/02/2023

Paredes, María de los Ángeles y otro c. Club Ferrocarril Oeste s/ despido

Cita online: AR/JUR/2447/2023

Sumario: La ley 25.323 sanciona la mora en el pago, y la mora no se produce a partir de la sentencia que ratifica la legitimidad de la causal invocada dado que lo que aquí se estableció fue que la injuria esgrimida por las trabajadoras era suficiente al momento de su invocación, por lo tanto, las previsiones normativas no vulneran el derecho de defensa en juicio y sus efectos deben retrotraerse los efectos del dictado de la sentencia a la fecha en la que tuvo lugar el acto extintivo. Por ello, y teniendo en cuenta que la empleadora demandada se encontraba en mora en el pago de las indemnizaciones derivadas de la ruptura atribuible a su culpa y responsabilidad y que, al no haber satisfecho su débito pese a la intimación de las dependientes dio lugar a la presente reclamación es evidente que debe asumir el pago de la indemnización fijada en grado en virtud del art. 2 de la ley 25.323.

INCAPACIDAD LABORAL

Cicatriz en la cara anterior del codo derecho sin alteraciones funcionales. Aplicación del decreto 659/1996

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 08/02/2023

Córdoba, Diego (acumulación x cuerda al expte. Nº 42855/2021) c. Prevención ART S.A. s/ recurso ley 27.348

Cita online: AR/JUR/2813/2023

Sumario: Con relación a la cicatriz que presenta el trabajador en su brazo derecho, el perito medico concluyó que el trabajador presentaba una cicatriz en la cara anterior del codo derecho sin alteraciones funcionales, dado que la misma no provocó disminución alguna en la movilidad de la articulación al no estar adherida a planos profundos ni retraída por quemaduras y explicó que el daño estético solo se encuentra contemplado en los casos que las cicatrices se presentan sobre cabeza y rostro y la presente acción ha sido deducida en el marco de la ley especial 24.557, dentro de la cual únicamente encuentran cobertura resarcitoria aquellas consecuencias nocivas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que estén reconocidas en el decreto 659/1996.

COMISION MEDICA

Trámite administrativo. Acceso a la justicia.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 07/02/2023

Montecinos Ramírez, Eduardo Román c. Experta ART S.A. s/ accidente – ley especial

Cita online: AR/JUR/1805/2023

Sumario: Si bien el/la trabajador/a no puede negarse en principio a transitar la etapa administrativa delineada por la ley 27.348 y así lo ha sentado como doctrina la Corte Federal en el caso “Pogonza”, del 02.09.2021, lo cierto es que el segundo párrafo del art. 16 de la Resolución 298/2017 dictada por el Superintendente de Riesgo de Trabajo, que acota a quince días el plazo de acceso a la jurisdicción para cuestionar el contenido de lo resuelto en la instancia administrativa es inconstitucional, ello así debido a que el art.3° de la ley 27.348 faculta a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a dictar “las normas del procedimiento de actuación ante las comisiones médicas jurisdiccionales y la Comisión Médica Central” pero en modo alguna esa previsión faculta a la SRT a establecer las condiciones del recurso jurisdiccional.

INCAPACIDAD LABORAL

Trabajador que no concurre a la pericia médica ni justifica su ausencia

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 07/02/2023

Fleyta, Iván Gerardo c. Provincia ART S.A. s/ recurso ley 27.348

Cita online: AR/JUR/1754/2023

Sumario: Dado que el trabajador no acreditó padecer la incapacidad que invoca por no haber concurrido al consultorio del perito médico ni haber justificado posteriormente tal inasistencia, por lo que se la tuvo por desistida de la prueba pericial médica ofrecida y renuente de la aportada por la contraria.

COMISION MEDICA

Procedimieto ante la comisión médica. Disidencia

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 07/02/2023

Herrera, Claudio Alejandro c. Omint ART S.A. s/ recurso ley 27.348

Cita online: AR/JUR/1831/2023

Sumario: La legitimidad constitucional de la intervención primaria conferida por la ley al órgano de administrativo de origen, aunque se acepte, pese a la sustracción de la materia de la jurisdicción de los jueces o juezas ordinarios y naturales, está en todo caso condicionada a que sus decisiones queden sujetas a un ulterior control judicial suficiente, sin limitaciones materiales de ninguna especie, ni en el plano fáctico ni, obviamente en el análisis jurídico, ya que de no ser así, aquélla importaría un avance indebido sobre las atribuciones que el art. 116 de la Constitución Nacional define como propias y exclusivas del Poder Judicial de la Nación.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Daños psicológico. Prueba pericial

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 07/02/2023

Barrios, Iván Isaac c. Liberty ART S.A. s/ accidente – ley especial

Cita online: AR/JUR/2120/2023

Sumario: El perito sólo indicó que, al momento del examen físico, solicitó al actor una evaluación psicológica y test de psicodiagnóstico que no aportó la explicación sobre si realizó alguna operación técnica ni mencionó principios científicos en que se funde para diagnosticar una RVAN en contradicción indisimulable con la regla del art. 472 CPCCN, ya que no refiere haber efectuado un examen psiquiátrico en la persona del trabajador. Sólo hace alusión a los estudios complementarios indicados. Por ende, no hay elementos de juicio para considerar comprobado que el demandante padezca, efectivamente, tal alteración psicológica.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Incapacidad psicológica. Determinación. Procedencia

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 07/02/2023

Huaman Córdova, Jorge Luis c. Galeno ART S.A. s/ accidente – ley especial

Cita online: AR/JUR/2157/2023

Sumario: Se confirma la sentencia que admitió la demanda entablada por el trabajador contra la ART con fundamento en la ley 24.557 y sus modificatorias, ya que se encuentra acreditado –mediante el peritaje médico – que el accionante padece un 18% de incapacidad y que dicha secuela derivó del accidente y las impugnaciones formuladas por la parte demandada respecto de la esfera psíquica resultan ser meras discrepancias con el análisis efectuado por el experto que no logran desvirtuar sus conclusiones

DESPIDO SIN CAUSA

Despido decidido al vencimiento de los plazos previstos por el art. 177 de la LCT. Misiva de la trabajadora informando una patología. Rechazo de la demanda contra las personas físicas demandadas.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 07/02/2023

Courtois, Natalia Alejandra c. Pulpería Quilapan SRL y otro s/ despido

Cita online: AR/JUR/2124/2023

Sumario: Dado que la sociedad accionada consideró disuelto el vínculo habido desde el vencimiento de los plazos previstos por el art. 177 de la LCT sin haber remitido requerimiento alguno, e inclusive frente a la misiva fehaciente que cursó la trabajadora con el propósito de anoticiarla de cierta patología que —según adujo— le habría impedido prestar servicios, resulta acertada la decisión de considerar que no se configuró el escenario concebido por el artículo 186 de tal cuerpo legal, por ende, también resulta irreprochable la viabilización de los resarcimientos emergentes del despido sin justa causa, temperamento que sugiero mantener al resguardo de la revisión.

HORAS EXTRAS

Rechazo de la indemnización del art. 1 de la ley 25323 ya que fueron abonadas a valor simple

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 07/02/2023

Russo, Lucía Natasha c. Grupo Online S.A. s/ despido

Cita online: AR/JUR/2106/2023

Sumario: Aún cuando se haya admitido la procedencia del pago de horas extras por el tiempo que excedió el tope diario previsto por la normativa vigente no puedo dejar de advertir, como lo destacara oportunamente, que aquellas no fueron liquidadas sin documentar ya que, fueron abonadas a valor simple por ello no puede afirmarse que existió la “clandestinidad” que busca sancionar el art. 1 de la ley 25323 pues no ocultó su entrega para sustraerlas del sistema de aportes y contribuciones a la seguridad y la circunstancia de que, judicialmente, se le reconozca la procedencia del pago del recargo no equivale al pago de un salario “no documentado”.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Intereses. Cálculo de los intereses. Aplicación del decreto 669/2019

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 07/02/2023

Valenzuela, Rubén Armando c. Galeno ART S.A. s/ accidente – ley especial

Cita online: AR/JUR/2125/2023

Sumario: El decreto 669/19 prevé su aplicación a todos los infortunios en trámite, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante, lo que permite actualizar incluso las prestaciones de los infortunios cuya primera manifestación invalidante hubiera ocurrido con anterioridad a su vigencia. Nada hay de cuestionable en esta aplicación hacia el pasado, en tanto el Código Civil y Comercial prevé expresamente que las normas tengan efectos retroactivos cuando así lo indican, salvo que afecten derechos constitucionales. Está claro que el sistema de actualización previsto en el decreto 669/19 no vuelve más onerosa la obligación del deudor, sino que -por el contrario- evita su licuación. Desde ese punto de vista, es evidente que esa aplicación retroactiva no afecta ningún derecho constitucional, pues nadie puede alegar que tiene el derecho constitucional a ver licuado el contenido económico de su deuda por el mero paso del tiempo.

HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Ausencia relación de causalidad entre la situación de estrés padecida y la patología coronaria que sufrió el trabajador.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala H. 20/04/2023

C., M. A. c. Nextel Communications Argentina S.R.L. y otro s/ Daños y perjuicios (Accidente de trabajo)

Cita online: AR/JUR/44546/2023

Sumario: Que el actor, luego de casi una vida entera siendo fumador, con ciertas patologías no muy bien controladas —hipertensión y diabetes— y varios indicios de una vida sedentaria, pretenda imputar su episodio cardíaco al estrés laboral que habría sufrido por trabajar en una empresa que no solo brindaba buenas condiciones de trabajo, sino que además le ofrecía la realización de controles periódicos, a los que él no se sometía, pone de manifiesto que no se encuentran acreditados los extremos para hacer lugar a su reclamo por daños y por tanto esto determina que se lo rechace y se confirme la sentencia.

TRABAJO NO REGISTRADO

Responsabilidad solidaria del socio codemandado

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 07/02/2023

Torres, Carlos Mariano c. Vázquez, Eduardo Rodolfo s/ otros reclamos – extensión resp. solidaria

Cita online: AR/JUR/2076/2023

Sumario: Cuando una sociedad anónima realiza actos simulatorios ilícitos tendientes a encubrir un contrato de trabajo o articula maniobras para desconocer una parte de la antigüedad o para ocultar una parte del salario, resulta pertinente extender la responsabilidad patrimonial de la entidad a los administradores y directores por vía de lo dispuesto en los arts. 59 y 274 de la LSC (arg. arts.1.072, 1.073 y 1.074 Código Civil).

COMISION MEDICA

Homologación. Recurso. Jueces naturales

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 07/02/2023

Ledezma, José Humberto c. Prevención ART S.A. s/ accidente – ley especial

Cita online: AR/JUR/1744/2023

Sumario: La ley 27.348 nada establece con relación al “recurso” y delegó en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo el dictado de las normas procedimentales (art. 3), organismo que, al respecto, emitió la Resolución 298/17, mediante la cual la SRT dispuso fijar, en 15 días, el plazo para recurrir las decisiones del Servicio de Homologación y condicionar los términos en que debe ser deducido, por ello condicionar la intervención de la Justicia del Trabajo al plazo aludido, a los efectos de la revisión de los actos emanados del Servicio de Homologación, constituye un exceso reglamentario inconstitucional ya que, la fijación de ese término -por demás breve en cuestiones en las que está involucrado el acceso a la jurisdicción-, no puede considerarse delegada en un órgano de la administración, menos aun cuando está en juego el derecho a la tutela judicial efectiva.

RIESGOS DEL TRABAJO

Multa a la ART. Carácter vinculante de los dictámenes de la Comisión Médica.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala C. 17/04/2023

Superintendencia de Riesgos del Trabajo c. Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo s/ Organismos externos

Cita online: AR/JUR/41462/2023

Sumario: Una Aseguradora de Riesgos del Trabajo debe ser multada, pues citó a la trabajadora que había sido víctima de un siniestro para ser evaluada setenta días corridos después de recibir el Dictamen de Comisión Médica Jurisdiccional; con lo que puso en juego la salud de la damnificada, cuya tutela resulta ser, precisamente, el objetivo principal de la Ley de Riesgos del Trabajo y del sistema instaurado en función de dicha norma.

INTERESES

Tasa de interes. Ley aplicable – Accidente de trabajo

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 03/02/2023

MAMANI, ARIEL c. EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/1055/2023

Sumario: La petición que formula la apelante que pretende la aplicación al sublite de la modificación introducida por el art. 11 de la ley 27.348 al art. 12 de la ley 24.557, que ordena aplicar un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina,  no puede ser admitida, puesto que el art. 20 del plexo legal citado dispone con toda claridad que “La modificación prevista en el artículo 12 de la ley 24.557 y sus modificatorias, se aplicará a las contingencias cuya primer manifestación invalidante resulte posterior a la entrada en vigencia de la presente ley”, en tanto que llega firme a esta instancia que la primera manifestación invalidante de las enfermedades profesionales que aquejan al actor se produjo el 28 de septiembre de 2015, esto es, con anterioridad a la entrada en vigencia del plexo legal citado

MEDIDAS CAUTELARES

Nulidad del acuerdo extintivo. Falta de peligro en la demora y verosimilitud del derecho

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 03/02/2023

Molina, Walter Darío c. LAN Argentina S.A. s/ despido

Cita online: AR/JUR/1681/2023

Sumario: Se desestima la acción en procura que se declare la nulidad del acuerdo extintivo de trabajo por común acuerdo en los términos del art. 241 LCT mediante escritura pública por considerar que medio vicios de la voluntad y se trató de un despido encubierto, ya que no se advierten demostrados la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora ya que la validez del acuerdo aludido y su alcance, resultan cuestiones que no pueden ser analizadas en este estado de las actuaciones y, menos aún, sin la participación activa de la contraparte en la contienda, a lo que se agrega el cuestionamiento en torno a su validez de la actuación notarial que aporta y la petición de nulidad referida en el inicio y la impugnación a su respecto realizada en el intercambio telegráfico digitalizado, lo que no permitiría formar sumaria convicción acerca del derecho invocado por la demandante.

EXCEPCION DE INCOMPETENCIA

Procedencia de la excepción de incompetencia territorial

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 03/02/2023

Ceballos, Oscar Alberto c. Transportes Boomerang S.R.L. y otros s/ despido

Cita online: AR/JUR/1679/2023

Sumario: Se hace  lugar a la excepción de incompetencia territorial opuesta por los demandados, tras considerar insuficiente la prueba ofrecida por el trabajador a los fines de acreditar alguno de los supuestos previstos por el artículo 24 de la ley 18345 y quien pretende la radicación ante la Justicia Nacional del Trabajo es quien debe soportar la carga de la prueba.

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 03/02/2023

NOCEFARO, VALERIA c. CELUSERVICE S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/1685/2023

Sumario: Se encuentran configurados los presupuestos que prevé el art. 30 de la LCT pues quedó demostrado que la codemandada –empleadora de la actora mantiene un contrato comercial con la empresa de telefonia codemandada, por medio del cual aquella se obliga a comercializar productos y servicios en nombre de esta ultima y en tales circunstancias, siendo el objeto social de esta el de brindar servicios de telefonía móvil, opera la solidaridad prevista en el art. 30 de la L.C.T., toda vez que la actividad desplegada por la empleadora directa constituye labores coadyuvantes y necesarias para el cumplimiento de la tarea final; tareas que –conforme los lineamientos fijados precedentemente- aun siendo «secundarias», «auxiliares» o “de apoyo”, son imprescindibles para que se pueda cumplir la actividad principal.

EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL POR MUTUO ACUERDO

Requisitos. No invalida el acto la falta de letrado que patrocine al trabajador. Inexistencia de fuerza irresistible o intimidación. Multa del art. 132 bis de la LCT. No procede cuando el empleador se acoge a un plan de facilidades de pago ante la AFIP.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala IV. 02/02/2023

Ferrabone, Enrique c. Obra Social del Personal de Dirección de la Industria Cervecera y Maltera y otros

Cita online: AR/JUR/8102/2023

Sumario: Es válido el acuerdo extintivo suscripto ante un escribano público, en los términos del art. 241 de la LCT., pues no existe ninguna norma que imponga la exigencia de que se encuentre presente en el acto un letrado que patrocine al trabajador, además de que este tenía conocimiento pleno del alcance de las consecuencias del acta que suscribió, por lo que tuvo tiempo para asesorarse; la escritura pública no fue redargüida de falsa y el dependiente no invocó ni acreditó que la haya suscripto bajo sometimiento a una fuerza irresistible o intimidación.

INTERESES

Crédito laboral. Cómputo de los intereses

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII. 03/02/2023

Contreras, Juan Carlos c. Galeno ART S.A. s/ accidente – ley especial

Cita online: AR/JUR/1047/2023

Sumario: Al credito laboral relamado corresponde que se apliquen los intereses conforme a las tasas previstas en las Actas de esta Cámara Nros. 2630 y 2658, desde el 19 de septiembre de 2016, los que deberán capitalizarse de acuerdo a las pautas del Acta Nro. 2764, a partir de la fecha de la notificación del traslado de la demanda -9 de mayo de 2017, v. cédula de fs. 28/29- y, a los 365 días, repetir dicha operación aritmética en forma anual y sucesiva, hasta la fecha del efectivo pago. Ello, sin perjuicio del ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas en el art. 771 del citado Código Civil y Comercial, para el supuesto en que la suma resultante luzca desproporcionada, a cuyo fin se tomará como pauta de referencia objetiva el capital histórico actualizado por el índice de precios al consumidor (IPC), con más una tasa de interés pura del 6% anual.

INJURIA LABORAL

Licencia médica. Despido sin causa. Discrepancia de diagnósticos médicos

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 06/02/2023

Molina, Walter Hugo c. Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia S.A. y otro s/ despido

Cita online: AR/JUR/1410/2023Sumario: El trabajador notificó encontrarse con licencia médica prescripta por su médico tratante a raíz de un cuadro depresivo y la empleadora desconoce la misma en virtud del alta médica emitida por parte del servicio médico empresario y además negó que dicha secuela psicológica derivara del accidente de trabajo sufrido por el trabajador el 23/03/2012, no obstante la determinación de incapacidad psicológica por parte de la CM jurisdiccional que entendió a partir de la denuncia del accidente de trabajo que sufrió el actor, por ello si efectivamente el actor dio aviso a la empleadora de su estado de salud y de su imposibilidad de asistir al establecimiento laboral, mal puede la parte demandada obviar dicha comunicación y considerar injustificadas sus inasistencias en base a un dictamen médico disímil al invocado por el trabajador.

CONTRATO DE TRABAJO

Incorrecta registración de la categoría laboral. INTERESES. Tasa de interés

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 03/02/2023

Carceller, Adrián Daniel c. Veinfar S.A. s/ despido

Cita online: AR/JUR/1129/2023

Sumario: Al tener por acreditada la irregular categorización del contrato de trabajo alegada por el trabajador, se confirma la sentencia que consideró que le asistió derecho a considerarse despedido y condenó a la accionada a abonarle las indemnizaciones derivadas del despido, el incremento previsto por el art. 2° de la ley 25.323, las diferencias salariales reclamadas por categoría y demás partidas de carácter salarial

CREDITO LABORAL

Actualización del crédito laboral. Ley aplicable. Disidencia

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 03/02/2023

Franco, Roberto Rubén c. La Caja ART S.A. s/ accidente – ley especial

Cita online: AR/JUR/1692/2023

Sumario: El decreto 669/2019 establece que las prestaciones deben calcularse a partir de una variable salarial (el IBM) actualizada y, por tanto, ello implica que el monto del resarcimiento se establece a valores actuales. Es, lisa y llanamente, un sistema de actualización basado en la evolución de los salarios. Si bien el decreto en cuestión utiliza impropiamente la palabra “interés” (“Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta la fecha en que deba realizarse la puesta a disposición de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado”), es claro que lo que la norma establece es un índice de actualización basado en la evolución de los salarios.

INTERPOSICION Y MEDIACION

Empresa de trabajo eventual. El trabajador era parte del giro habitual de la empresa

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 02/02/2023

Paez Rojas, Damián Ricardo c. Papelera Samseng S.A. y otros s/ despido

Cita online: AR/JUR/954/2023

Sumario: Los demandadas no rebaten concretamente que el trabajo desarrollado por el trabajador era parte del giro habitual de la empresa, que duró más de seis meses en la misma tarea, que no ingresó a los fines de reemplazar trabajadores que gozaban de licencia vacacional y que incumplieron con la entrega del ejemplar firmado del contrato eventual en el cual especificaban los motivos de dicha contratación y su eventualidad (cfr. art. 69 y 72.b LNE), prueba a la que estaba obligada la demandada a presentar si pretendía invocar una excepción al principio de indeterminación del plazo (art 90 LCT).

DESPIDO

Rechazo del alegado mutuo acuerdo. Escritura desconocida y sin firma. Responsabilidad de la ART.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 03/02/2023

Imán, Germán Javier c. JBS Argentina S.A. y otro s/ accidente – acción civil

Cita online: AR/JUR/1071/2023

Sumario: Dado que la supuesta copia de la escritura que aportó la parte empleadora, no sólo fue oportuna y categóricamente desconocida por la contraria en la ocasión que prevé el 2do. párrafo del art. 71 LO (ver fs. 154/157vta.) sin que se produzca prueba que corrobore su autenticidad, sino que carece de las firmas ológrafas de las presuntas partes otorgantes ello impide calificar al citado instrumento como “escritura pública” válida a la luz de los arts. 997 y subs. del Código Civil anterior (vigentes en esa fecha), y acarrea forzosamente la nulidad de su contenido (cfr. art. 1004 C.C.), por ello no demostrado el cumplimiento de los recaudos que impone el art. 241 de la LCT (primeros dos párrafos), que hubieran autorizado a colegir que la relación pudo válidamente haberse extinguido de “mutuo acuerdo” formalizado por escritura pública, no queda otra alternativa que concluir que, el actor fue despedido sin expresión de causa.

TRABAJO NO REGISTRADO

Prueba. Aplicación de la presunción del art. 55 de la LCT. Certificado de trabajo

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 02/02/2023

Pereyra, Gustavo Daniel c. Blue Inside S.A. s/ despido

Cita online: AR/JUR/444/2023

Sumario: Aun cuando los testigos no pudieran determinar el importe que en forma clandestina percibía el trabajador lo cierto es que ante la acreditación de dicho extremo fáctico queda evidenciado que los libros contables no eran llevados en legal forma, ante lo cual se torna operativa la presunción que emana del art. 55 de la LCT y que lleva a tener por ciertas las afirmaciones iniciales salvo supuestos de inverosimilitud que no acontecen en la especie.

CONTRATO DE TRABAJO

Solidaridad laboral. Ley de empleo. Registracion laboral deficiente.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 02/02/2023

Pol, Stella Maris c. Hoyos Herrera, Juan Carlos y otros s/ despido

Cita online: AR/JUR/962/2023

Sumario: Las obligaciones solidarias en materia laboral provienen siempre de la ley, siendo necesario que la parte exponga los hechos tendientes a demostrar la configuración de los supuestos atributivos de responsabilidad. Pues sabido es que las sociedades son sujetos de derecho distintos de las personas humanas que la componen (cfr. art. 2 de la ley 19.550), por lo que si se pretende responsabilidad a los socios, controlantes, administradores o directores de aquélla se deberán indicar los hechos que determinan la imputación de responsabilidad personal y subjetiva así como las normas jurídicas que sustentan la petición.

SUSPENSIÓN PREVENTIVA DEL TRABAJADOR

Razonabilidad. Alcances.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 02/02/2023

Coria, Silvio Omar c. Federación de Círculos Católicos de Obreros y otro s/ despido

Cita online: AR/JUR/958/2023

Sumario: La empleadora obró de manera razonable al suspender de modo preventivo al actor, habida cuenta las imputaciones habidas, en tanto no es ocioso mencionarse que no ha sido la empleadora la que le imputó la comisión del delito sino una paciente internada en la institución en donde se desempeñaba el actor como enfermero. Circunstancias estas que, si bien estaban sujetas a comprobación, resultan de una entidad suficiente como para que, de habérselas comprobado y determinado su responsabilidad, hubieran impedido la consecución del vínculo.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Indemnización por daño psicologíco

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I. 07/02/2023

Ramírez, Carlos Alberto c. Federación Patronal ART S.A. s/ recurso ley 27.348

Cita online: AR/JUR/2168/2023

Sumario: Las alegadas secuelas en la salud mental del accionante fueron correctamente indagadas por la perito, quien tuvo en cuenta la entrevista que tuvo lugar en la oportunidad del examen físico realizado, como el informe psicodiagnóstico elaborado como estudio complementario en el que, a la sazón, sugirió que al accionante presenta “un cuadro de Trastorno Adaptativo Mixto con Ansiedad y Estado Depresivo Crónico.

INTERESES

Tasa de interés aplicable a los créditos laborales

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II. 06/02/2023

Calvo, Romina Daiana c. Marketing One Argentina S.A. s/ despido

Cita online: AR/JUR/1503/2023

Sumario: Los créditos laborales objeto de condena corresponde que devenguen intereses desde que cada suma es debida, de conformidad con las tasas dispuestas por esta CNAT mediante Acta 2658, hasta la fecha de notificación del traslado de la demanda, momento en el cual se procederá a su acumulación al capital (art. 770 inc. b CCyC) y el nuevo importe así obtenido, con los intereses capitalizados, continuará devengando accesorios a las tasas mencionadas, hasta la fecha del efectivo pago, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 770, inciso c) del CCyC.

DESPIDO INDIRECTO

Incapacidad laboral. Obligaciones del empleador. Aplicación del art. 1113 del Código Civil

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 02/02/2023

Leiva, Alfredo Santos c. Dispaper S.R.L. y otros s/ despido

Cita online: AR/JUR/956/2023

Sumario: De conformidad con lo normado por el art. 212 primer párrafo de la LCT, ante una disminución permanente y parcial de la capacidad del trabajador, la obligación principal del empleador consiste en reasignar las funciones que aquél habrá de cumplir, puesto que la finalidad de la norma es la continuidad de la relación laboral.

COSTAS

Sentencia que declara la inconstitucionalidad del impuesto a la ganancia mínima presunta. Doctrina de la Corte Suprema de Justicia. Costas por su orden.

Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, sala II. 08/03/2023

Pauen S.A. c. AFIP – DGI s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad

Cita online: AR/JUR/16903/2023

Sumario: En la medida en que el juicio fue resuelto por aplicación de la doctrina sentada por el Alto Tribunal en los precedentes “Hermitage” —15/06/2010, TR LALEY AR/JUR/24278/2010— y “Diario Perfil” —11/02/2014, TR LALEY AR/JUR/229/2014—, la distribución de los accesorios del proceso por su orden, en los términos de esa decisión, aparece como la consecuencia lógica y necesaria del resultado del pleito, alcanzando dicho fundamento a los gastos causídicos de segunda instancia.

DESPIDO INDIRECTO

Falta de pago de salarios. Discrepancia entre las pruebas médicas. Legitimidad.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X. 01/02/2023

BRUNDA PIEROBON PABLO EZEQUIEL c. CASINO BUENOS AIRES S.A. COMPAÑIA DE INVERSIONES EN ENTRETENIMIENTOS S.A. U.T.E. s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/345/2023

Sumario: Es legítimo el despido indirecto en el que se colocó el actor, ya que la demandada optó por considerar injustificadas las ausencias y dejó de abonar el salario del trabajador desde el inicio del ausentismo, y no adoptó ninguna medida tendiente a despejar las dudas que razonablemente podía generar dicha situación y comprobar el estado de salud del trabajador y en su caso su aptitud laboral.

ENFERMEDAD LABORAL

Trabajadora doméstica. Prueba de la relación de causalidad entre la afección y las tareas llevadas a cabo.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VIII. 02/02/2023

PAZ, ANA MARIA c. MAGLIANO, HECTOR ANIBAL Y OTRO s/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL

Cita online: AR/JUR/547/2023

Sumario: La existencia de una dolencia física evidenciada en forma concomitante con sus labores, resultó admitida por la empleadora al efectuar la denuncia y por la aseguradora al recibirla y otorgar la correspondiente atención médica. Y si bien si bien la ART remitió a la trabajadora una nota informando el rechazo de la contingencia, tal misiva no se basa en ninguno de los supuestos previstos por la norma vigente al momento de su remisión -Decreto 717/96-, ni se acreditó, que no se haya detectado la exposición a un agente de riesgo que desencadenara el daño.

COMISION MEDICA

Procedimiento ante la Comisión Médica. Aplicación de la ley 27.348

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 02/02/2023

GONZALEZ MITMA, ROLANDO EDGAR c. FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Cita online: AR/JUR/552/2023

Sumario: Expresada la opción del trabajador donde solicitó el agotamiento de la instancia administrativa, la propia SRT expuso que de conformidad con la normativa vigente -20/21-daba por concluidas las actuaciones ante dicha sede administrativa. Entonces no puede sostenerse seriamente que las actuaciones del poder administrador no fueron acordes con la ley 27.348.

RELACION LABORAL

Comisión Nacional de Regulación del Transporte. Ley aplicable. Aplicación del art. 3 del dec. 1.388/96

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V. 02/02/2023

SEISDEDOS, SERGIO LUIS Y OTRO c. COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE s/DESPIDO

Cita online: AR/JUR/976/2023

Sumario: Si bien la CNRT conforma un organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, la vinculación que fue mantenida por los actores con el ente accionado se encuadra en la Ley de Contrato de Trabajo a partir de lo dispuesto por el art. 3 del dec. 1.388/96 que dispuso su creación y estableció expresamente el marco jurídico que regirá en su relación con el personal y es del caso destacar que el régimen general de los empleados de la Administración Pública (conf. ley 25.164 y dec. 1.421/02) en nada incide en el marco del debate, toda vez que las constancias analizadas demuestran que las labores cumplidas por los trabajadores se encuentran incluidas en el organigrama previsto en el decreto 1388/96.

EMPLEO PÚBLICO

Cargo interino. Cese. Derecho de defensa. Necesidad de sumario administrativo. Disidencia. Certiorari negativo.

Corte Suprema de Justicia de la Nación. 09/02/2023

Flores, María José c. EN – M Público de la Defensa s/amparo ley 16.986

Cita online: AR/JUR/3252/2023

Sumario: El acto administrativo impugnado que dejó sin efecto la designación interina de la actora no aludió a la falta de estabilidad, sino que se dieron por terminadas las funciones del agente, porque se habrían constatado faltas de servicio de su parte —falta de buen trato y cordialidad con sus pares, incumplimientos al horario laboral e inasistencias sin previo aviso—, y tuvo una clara naturaleza disciplinaria, por ello debió darse a la agente la posibilidad de ejercer su legítimo derecho de defensa con arreglo al art. 18 CN, esto es, con todas las garantías para la inculpada atento al carácter disciplinario que tiene resolución cuestionada (del dictamen de la Procuración General que la Corte hace suyo).

IDENTIDAD DE GÉNERO

Tratamientos médicos. Medida cautelar. Obra social. Procedencia.

Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. 28/02/2023

C. P., C. V. c. Obra Social Unión Personal de la Unión Personal Civil de la Nación -UPCN- s/ Inc. Apelación

Cita online: AR/JUR/12603/2023

Sumario: No corresponde extremar el rigor de los razonamientos al apreciar los recaudos que habilitarían la concesión de la tutela anticipada, cuando se encuentra en juego la dignidad y la salud de las personas.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *